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Hasta 6 años de cárcel por difundir contenido íntimo

Con sentencias de hasta 6 años en prisión, Coahuila se convirtió en el noveno estado de México en aprobar la llamada Ley Olimpia. Esta tarde el Congreso del Estado votó por unanimidad las reformas a diversas leyes para castigar la difusión de contenido íntimo sin el consentimiento, tipificar la violencia digital y el delito de ciberacoso.

La reforma surgió por iniciativas de los diputados Diana Patricia González Soto y Marcelo Torres Cofiño, junto con el acompañamiento de colectivas feministas como el Frente Nacional para la Sororidad y Defensoras Digitales Coahuila.

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Para sancionar la divulgación y distribución de contenido íntimo sin consentimiento, se agregó al artículo 236 del Código Penal de estatal el delito de “Violación a la intimidad sexual” con condenas que van de 3 a 6 años, así como una multa de entre 88 mil y 176 mil pesos aproximadamente.

“A quién con el fin de causar daño o la obtención de un beneficio sexual, por cualquier medio, divulgue, comparta, distribuya, compile, comercialice, solicite y/o publique o amenace con publicar imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente, de contenido íntimo, erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima”.

Otras consideraciones de la Ley Olimpia en Coahuila

Las reformas al Código Penal del estado incluyen la aplicación de las mismas sanciones a quienes obtengan de dispositivos móviles o de almacenamiento, imágenes, videos, textos o audios sin autorización del propietario.

Además, las sanciones aumentarán hasta la mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, cuando se pueda causar daño personal, laboral, educativo, profesional o patrimonial; y si el delito es cometido por un servidor público, será destituido e inhabilitado para ocupar cargos públicos.

Otros agravantes son cuando el delito se cometa contra una persona que, por discapacidad, no comprenda el significado del hecho; contra menores de 18 años; y cuando se obligue a la víctima a hacer el contenido.

Violencia digital y un nuevo delito

Durante la sesión de este 27 de junio, el Congreso estatal también aprobó tipificar el delito de “Difusión de imágenes falsificadas de personas”, mismo será sancionado con las mismas condenas del delito de violación a la intimidad sexual.

Esta nueva forma de delinquir se definió como “contra quien altere, edite o modifique imágenes o videos de una persona o falsifique su perfil o datos de identidad con ánimo de mostrarla en medios informáticos en situaciones íntimas o sexuales para causarle descrédito público”.

https://www.facebook.com/FrenteNacionalParaLaSororidad/posts/2228302474133327

Finalmente, los legisladores aprobaron incluir en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia estatal a la violencia digital, que será comprendida como los actos en tecnologías de información y comunicación que difundan sin consentimiento cualquier material para causar daño o perjuicio, y que atente contra la dignidad e integridad de las mujeres.

En Coahuila hasta 28 por ciento de las mujeres de entre 12 y 30 años sufren acoso sexual a través de plataformas digitales. Hasta ahora Baja California, Zacatecas, Guanajuato, Querétaro, Veracruz, Puebla, Chiapas, Yucatán y Coahuila han aprobado reformas locales que castigan la violencia digital.

Foto propiedad de: @ClaudiarPineda

Fuente:

SDPnoticias

Vía / Autor:

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Autor: lostubos
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