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Italia consideraría homicidio que personas con síntomas de coronavirus salgan a la calle

Italia considerará como homicidio que las personas con síntomas de coronavirus salgan a la calle.

Hasta este domingo 15 de marzo, se han registrado en Italia 368 muertes por el Covid-19 y suman mil 809 personas contagiadas, siendo el país más afectado en Europa por la expansión del virus.

Ante la emergencia, esa nación ha impuesto medidas de contención de la enfermedad las cuales incluyen limitar el desplazamiento si no es por motivos justificados o cuarentena para personas infectadas o con síntomas.

Italianos podrían no tomarse en serio las precauciones

Luego del anuncio de las medidas restrictivas, especialmente para las zonas afectadas, los medios locales han especulado con que los italianos no se vayan a tomar muy en serio las precauciones.

De acuerdo con Il Sole 24 Ore, la legislación de Italia es clara sobre las consecuencias de no cumplir las medidas de seguridad sobre el coronavirus. 

En este sentido, el medio señala que inclusive se considera delito desobedecer las precauciones y supone exponerse a un amplio rango de multas o incluso a penas de cárcel en aquellos casos en los que se ponga en riesgo la salud o la seguridad de otros.

Sanciones que estipula el Código Penal italiano

Il Sole 24 Ore detalla las las sanciones que estipula el Código Penal italiano para quienes contravengan las órdenes del Gobierno respecto al coronavirus:

  • Desplazarse por el país sin motivo justificado. Se viola el artículo 650 del Código Penal. Castigo: multas de hasta 206 euros o con hasta 3 meses de prisión.
  • Mentir para alegar motivos justificados para desplazarse. Se viola el artículo 361 del Código Penal. Se castiga con penas de 1 a 6 años de cárcel.
  • Incumplir o violar la cuarentena si se tienen síntomas de coronavirus. Se violan las medidas de la autoridad. El castigo depende de los efectos que haya tenido romper la cuarentena. 

En este caso, si se infecta a una persona anciana o que forme parte de los grupos de riesgo, se considera homicidio con el agravante de dolo, la fórmula legal para la mala fé, y comporta una pena de prisión de un mínimo de 21 años de cárcel. 

  • No informar al entorno o las autoridades de que se está infectado o se ha mantenido contacto con personas en riesgo de haber sido infectadas. Se considera delito de lesiones con dolo. Las penas para el castigo variarán. 
  • Provocar contagios infectando fuentes de agua, alimentos u otros bienes de consumo. Es considerado delito contra la salud pública con dolo en el artículo 452 del Código Penal. Las penas que acarrea son de prisión de entre 3 años y cadena perpetua, dependiendo de las consecuencias sanitarias de dicha conducta.

Fuente:

// SDP

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: stafflostubos
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