Familiares de personas desaparecidas, sus representantes, organizaciones de la sociedad civil o instituciones podrán presentar observaciones y comentarios del Protocolo Homologado de Búsqueda elaborado por la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Segob.
El titular de la subsecretaría, Alejandro Encinas, publicó en su cuenta de Twitter un enlace que dirige a su página oficial, en la que señala que el proceso participativo comenzó ayer y concluirá el 5 de junio.
Una vez realizada esta retroalimentación y sistematizada la información, que se verá reflejada, además, en un informe final, se presentará el proyecto del Protocolo fortalecido, en el cual también participaron la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) y las comisiones locales.
El documento se pondrá a consideración del Sistema Nacional de Búsqueda, compuesto por varias autoridades, que es quien debe emitirlo.
En el texto publicado en la página, el funcionario de la Secretaría de Gobernación (Segob) señala que se llevarán a cabo foros virtuales dirigidos a las familias de personas desaparecidas y sus representantes.
Asimismo, explica que el Protocolo prevé las funciones que deben tener las diferentes autoridades de los distintos órdenes de gobierno, desde las encargadas de realizar la búsqueda de manera primaria, como las obligadas a dar, transmitir y difundir información relacionada con la búsqueda.
Propone también diversas formas o metodologías de búsqueda de personas desaparecidas. Prevé también diversos ejes rectores aplicables a todas las autoridades como las perspectivas de derechos humanos, humanitaria, de género, de niñez, así como principios fundamentales de búsqueda en vida, inmediatez, desformalización, entre otros.
En respuesta al contexto de violencia contra las mujeres, señala, el Protocolo propone que toda desaparición de una mujer se presuma la comisión de un delito. Asimismo, se reconoce el derecho a la participación de las y los familiares de las personas desaparecidas.
Por último, destaca que el Protocolo establece por primera vez que se distinga con claridad el derecho humano de toda persona a ser buscada del derecho a una investigación penal.