Por actos anticipados de campaña, el candidato a la alcaldía por Movimiento Ciudadano, Luis Donaldo Colosio Riojas fue multado por el Tribunal Estatal Electoral con 80 mil 328 pesos por dos denuncias que interpusieron en su contra. Mientras que al Partido “naranja”, el TEE encontró responsabilidad, pero le aplicó sólo una amonestación pública.
En la primera denuncia, al aspirante a la alcaldía por la capital del estado de Nuevo León se le acusó por actos anticipados de campaña, ya que en la denuncia se señala a Colosio por lo que publicó en su cuenta personal de la red social denominada Facebook en diversas publicaciones los días 27 de febrero, 2 y 3 de marzo.
La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación declaró la existencia de la infracción.
«Aun cuando de las publicaciones denunciadas no se advierten prima facie (a primera vista), manifestaciones explícitas o inequívocas respecto a una finalidad electoral, esto es, que se llame expresamente a votar a favor o en contra de una candidatura o partido político, sí se advierten manifestaciones que, de manera equivalente funcional, denotan un mensaje de apoyo y posicionamiento que le beneficia de manera directa al denunciado», dicta la resolución.
Por lo anterior los magistrados aprobaron por mayoría la resolución por lo cual se le sanciono a Luis Donaldo Colosio Riojas con 500 UMAS.
«Se le sanciona por lo anterior con una multa de 500 UMAS, ordenando girar oficio a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, para que haga efectivo, de manera individualizada, el cobro del crédito fiscal al denunciado por la cantidad de 44,480.00 pesos. (cuarenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta pesos 00/100 Moneda Nacional)».
En la segunda resolución en contra del abanderado emecista, en cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey, declaró existente la infracción atribuida a Luis Donaldo Colosio Riojas y al partido Movimiento Ciudadano, tanto a su representación Nacional como Estatal.
Lo anterior toda vez que se acreditó la comisión de actos anticipados de campaña mediante diversas publicaciones en sus redes sociales, ello, a partir de la teoría de equivalentes funcionales de apoyo electoral y por demostrarse su trascendencia en el conocimiento de la ciudadanía.
Ante tal situación se impuso al denunciado una multa equivalente a 400 UMAS, es decir, 35 mil 848 pesos por esta situación y al Partido Movimiento Ciudadano, a nivel Nacional y Estatal, se les impone una amonestación pública.
Multan a Miguel Treviño por uso indebido de recursos públicos
Por el uso indebido de recursos públicos, el Tribunal Estatal Electoral sancionó al candidato independiente por la alcaldía de San Pedro Miguel Treviño de Hoyos. Durante la sesión celebrada este lunes, los magistrados por mayoría aprobaron sancionar con 100 UMAS, es decir, con 8 mil 962 pesos. Además, durante los trabajos del TEE se impuso también una amonestación pública al aun alcalde de ese municipio.
Por tal situación al exponer el procedimiento especial sancionador identificado con la clave PES-154/2021 y su acumulado este fue avalado.
«En cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey, el Tribunal Electoral, por mayoría de votos de los Magistrados Carlos César Leal Isla García y Jesús Eduardo Bautista Peña, con el voto en contra aclaratorio, de la Magistrada Presidenta Claudia Patricia de la Garza Ramos».
«Declaró existente la contravención a las normas de propaganda electoral, establecida en la fracción II del artículo 370 de la Ley Electoral local y el uso indebido de recursos públicos, establecido en el párrafo séptimo, del artículo 134, de la Constitución Federal, atribuidos a Miguel Bernardo Treviño de Hoyos», señala la resolución.
Conforme a lo establecido por la ley, los magistrados decidieron multar al aspirante a la reelección por la alcaldía.
«Lo anterior, toda vez que, conforme a los lineamientos establecidos por la Sala Regional, el deslinde de Treviño de Hoyos como candidato, no fue eficaz y Por otra parte, se advirtió que hubo una tolerancia de su parte, en su carácter de presidente municipal, para el uso indebido de recursos públicos».
«Por tal situación, se impuso al denunciado, una amonestación pública respecto de la infracción por la contravención a las normas de propaganda electoral».
«Y una multa equivalente a cien UMAS (8 mil 962 pesos) por el indebido uso de recursos públicos en detrimento de la equidad de la contienda», puntualiza la decisión del Tribunal Estatal Electoral.