El martes la Suprema Corte de Justicia de la Nación suspendió por tiempo indefinido la difusión de una versión pública del contrato de compra de la vacuna Sputnik V. También, reservó los argumentos que fundamentaron la reserva parcial de datos en las versiones que ya fueron dadas a conocer sobre las otras vacunas contra la Covid-19.
La SCJN admitió el martes el recurso de revisión promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal que busca impugnar la resolución 3310/2021 del Instituto Nacional de Acceso a la Información. El argumento de la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal es que “se pone en peligro” la seguridad nacional.
Ante ello, el presidente de la SCJN, Arturo Saldívar, ordenó en automático la suspensión como lo ordena la Ley General de Transparencia que faculta a la Consejería para cuestionar órdenes de entrega de información del INAI que afecte la seguridad nacional.
Mientras tanto, el proyecto fue turnado al ministro Jorge Pardo para que elabore el proyecto respectivo; sin embargo, podría pasar hasta un año para que el pleno de la SCJN resuelva el caso.
No hay autorización para hacer públicos los contratos de la Sputnik V
En marzo del año pasado la Secretaría de Salud (SSa) había clasificado todos los contratos de las compras de las vacunas contra la Covid-19, por un periodo de hasta cinco años. Sin embargo, el 13 de abril el INAI ordenó difundir las versiones públicas, por lo que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) cumplió con los fármacos de Pfizer-BioNtech, CanSino, Sinovac y AstraZeneca, así como de las obtenidas por el mecanismo Covax.
En el caso de la Sputnik V, se informó que no existía autorización de la farmacéutica Human Veccine para difundir ni siquiera la información pública, y que de hacerlo se pondría en riesgo el suministro de esta vacuna.