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Sólo 6 países aprueban campaña contra acoso laboral de la OIT

La Organización Internacional del Trabajo anunció el 21 de junio que va a lanzar una campaña mundial contra el acoso laboral, sin embargo, luego de 2 años de la adopción del Tratado Internacional sobre la Violencia y el Acoso en el Trabajo, sólo 6 países lo ratificaron.

En 2019, la OIT, que cuenta con 187 miembros, entre los que se encuentra México, inició con su campaña contra el acoso laboral que fue aprobada con una abrumadora mayoría.

Sin embargo, sólo ha sido aprobado por:

  • Argentina
  • Ecuador
  • Uruguay
  • Fiji
  • Namibia
  • Somalia

OIT busca que campaña contra acoso laboral se aplique en más países

Debido a que solo 6 países han aprobado y ratificado la campaña contra el acoso sexual, la OIT podrá en marcha durante esta semana una campaña mundial con el objetivo de promover su ratificación y aplicación.

De acuerdo con el director general de la OIT, Guy Ryder, el mejor futuro del trabajo, está exento de violencia y acoso por lo que instó a los demás países miembro a ratificar el convenio en contra del acoso laboral y contribuir en la construcción de “una vida profesional digna, segura y sana para todos”.

El convenio sobre la Violencia y el Acoso en el Trabajo acaba de iniciar su aplicación debido a los mecanismos legales que prevén la espera de un año después de que el segundo país haya ratificado el tratado para su entrada en vigor.

Ahora, los 6 países que lo aprobaron están obligados jurídicamente a aplicar el convenio un año después de la ratificación.

El acoso laboral representa una violación a los Derechos del Hombre: OIT

El acuerdo de la OIT señala que la violencia y el acoso laboral puede representar una violación a los Derechos del Hombre y asegura que esto es “inaceptable e incompatible” con un ambiente laboral decente.

Además, insta a los Estados a promover un entorno general de tolerancia cero respecto a la violencia y acoso laboral.

El Tratado se aplica a la violencia y al acoso que tenga que ver con el mundo del trabajo, incluso en espacios públicos y privados cuando sirven de lugar de trabajo, pero también durante los desplazamientos entre el domicilio y el lugar de trabajo, así como en las comunicaciones electrónicas.

Fotografía: CUSAI

Fuente:

// SDP

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: lostubos
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