Si eres asalariado, tienes derecho a deducir varios gastos de tu Declaración Anual.
Si presentas tu Declaración Anual, es conveniente que sepas que existen algunos gastos que puedes deducir, con el fin de disminuir tus ingresos acumulables.
Hay que mencionar que esto sólo aplica si eres una persona física, de lo contrario tendrás que declarar dichos gastos y pagar lo que corresponde.
Asimismo te recordamos que si eres asalariado, es la empresa la que está obligada a pagar tu parte proporcional de los impuestos.
Por ello, aunque relativamente no tengas que preocuparte por estos, es recomendable estar al pendiente de los mismos para que no haya problemas.
Una vez aclarado esto, aquí están las deducciones que puedes hacer.
Puedes deducir gastos en Salud
Los gastos en salud son deducibles cuando corresponden a: Honorarios médicos, dentales, en materia de psicología y nutrición.
También se incluye: Honorarios de enfermeras, análisis y estudios clínicos, prótesis, aparatos de rehabilitación y lentes con graduación.
Junto con esto igual se pueden deducir las primas por seguros de gastos médicos independientes de instituciones públicas.
Para que puedan aplicar estos servicios deben de ser prestados por personas con título profesional y registrado por las autoridades educativas competentes.
También puedes deducir: gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales. (No proceden los comprobantes de farmacias)
Dichos gastos por salud serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.
Puedes deducir gastos en Educación
Las colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial también pueden ser objeto deducible de impuestos.
Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes :
– Preescolar: 14,200 pesos.
– Primaria: 12,900 pesos.
– Secundaria: 19,900 pesos.
– Profesional técnico: 17,100 pesos.
– Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
Para hacer efectivo este beneficio, requieres del comprobante de pago correspondiente. No puedes deducir dos colegiaturas de la misma persona un mismo año.
- El SAT sólo tomará en cuenta el monto mayor de las dos colegiaturas, no importando si concluyó o inició alguno de los niveles mencionados.
Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles y el transporte escolar solo aplica si es obligatorio.
Otros gastos deducibles
Otros gastos que puedes deducir de tu Declaración Anual son los siguientes:
- Gastos funerarios de cónyuge, concubino/a o familiares, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes de contar con la factura.
- Créditos hipotecarios contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, siempre que el crédito otorgado no exceda 750 mil pesos.
- Donativos otorgados a instituciones autorizadas, que no excedan el 7% de base para calcular el ISR del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales.
- Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
- El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%. No procede si se realiza en efectivo.
Imagen: Impuestos (Pixabay)