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Los libros de texto gratuitos

Por Efrén Vázquez Esquivel

Otra vez, como en el año de 1959, cuando el entonces presidente Adolfo López Mateos emitió el decreto mediante el cual se creó la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, miles de personas ven salir de las páginas de esos infernales libros a todos los demonios agarrados de la cola, dispuestos a cercar a la niñez mexicana para pervertir sus tiernas mentes con ideas comunistas y sexosas.

Ahora bien, los opositores a la 4T, que son quienes rechazan la distribución de estos endemoniados libros, observan lo siguiente: que promueven la ideología comunista, que tienen errores ortográficos e información incorrecta, que hablan de sexo y diversidad sexual y, entre otras deficiencias, una reducción de espacio para la enseñanza de las matemáticas.

¿Es jurídicamente correcto que se haya concedido la suspensión provisional en las controversias promovidas por la gobernadora de Chihuahua y el gobernador de Coahuila? De acuerdo con el Artículo 128 de la Ley de Amparo, la suspensión se decretará en los casos que proceda de oficio, cuando la solicite el promovente, siempre y cuando, entre otras excepciones, no se perjudique el interés social ni se contravengan disposiciones de orden público.

Bien mirado, en los casos de las suspensiones aludidas, sí contravienen la disposición citada porque indiscutiblemente se afecta el interés social de los padres de familia que no tienen para comprar los útiles escolares; y por razones obvias también el de los niños de dichas entidades.

Sin embargo, a los abogados que se oponen a la distribución de los libros de texto su disposición previa les dice que no se afecta el interés social ni el orden público; por tanto sostienen que sí es procedente las suspensiones otorgadas porque, según ellos, lo que se afecta es el interés de los niños y el de los padres de familia. Pues, para su aprobación, no fue convocada la Unión Nacional de Padres de Familia, organización de las derechas fundada el 27 de abril de 1917 para defender el derecho de los padres de familia a decidir sobre el tipo de educación que se debe dar a sus hijos.

Además, sostienen, no participaron en el proceso formal de aprobación los gobiernos de los estados, tienen muchos errores y excesivamente son sexosos e ideologizantes. De acuerdo, todo esto puede ser cierto; pero, por ser materia del fondo del asunto es algo que no se ha estudiado. Lo que significa que no se tiene la certeza de que todo lo dicho sea verdad. De esto se concluye que jurídicamente no debió otorgarse la suspensión, sino hasta que como resultado del estudio del fondo del asunto así se determine.

Fuente:

// Con información de MILENIO

Vía / Autor:

// Efrén Vázquez Esquivel

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Autor: lostubos
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