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IEEPCNL aprueba verificar que candidatos no hayan cometido ningún delito

El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL) aprobó la aplicación de un protocolo para verificar que las candidatas y candidatos en la contienda electoral de este año no hayan incurrido en ningún tipo de delito; señaló MILENIO.

A través de este proceso, el instituto revisará que las y los candidatos no cuenten con sentencia firme por haber incurrido en delitos contra la vida e integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales; contra el normal desarrollo psicosexual; delitos por violencia familiar; por violencia familiar equiparada o doméstica; por violación a la intimidad sexual; por Violencia Política en Razón de Género (VPRG) en cualquier tipo; y por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

Cabe señalar que, el artículo 38, de la Constitución Federal, indica que los derechos o prerrogativas de las y los ciudadanos se suspenden, entre otras cosas, por tener sentencia firme por la comisión intencional de los delitos mencionados y, por tanto, la persona no podrá ser registrada a una candidatura para cualquier cargo de elección popular.

Entre los requisitos para el registro de candidaturas, el IEEPCNL estableció la firma de un formato para que éstas manifiesten no haber sido condenadas o sancionadas por las conductas señaladas.

En ese sentido, una vez avalado el registro de las personas candidatas, se verificará la información manifestada en dicho formato; se enviarán requerimientos de información a diversas instancias para solicitar sentencias firmes; se publicará un aviso a la ciudadanía para presentar cualquier información sobre alguna candidatura; y se revisarán las evidencias que remitan las instancias requeridas y la ciudadanía, para determinar con certeza si éstas se ubican en alguno de los supuestos indicados.

En esta misma sesión, el Consejo General del instituto concluyó que la única forma en que pueden suspenderse los derechos político-electorales de la ciudadanía para contender a un cargo de elección popular es mediante una sentencia de condena definitiva, esto es, que no esté sujeta a un medio de impugnación o juicio alguno, derivada de la comisión intencional de un delito.

Esto, al dar respuesta a una consulta ciudadana relacionada con la postulación a cargos de elección popular de personas que hayan sido responsables de hechos constitutivos de VPRG y se encuentre acreditada su ejecución mediante sentencia emitida por órganos electorales.

Califican procesos de partidos para selección de sus candidaturas.

El IEEPCNL aprobó los procedimientos de los partidos PRI, PVEM, PT,Movimiento Ciudadano , Morena, Partido Liberal y PESNL, para la selección de sus candidaturas a cargos de elección popular, al determinar que cumplieron totalmente con lo que establece la normativa electoral.

Y declaró que PAN, PRD, VIDA NL, Esperanza Social NL, y Justicialista, incumplieron con diversas obligaciones y les impuso una sanción consistente en apercibimiento para que no vuelvan a incurrir en ese tipo de conductas.

Por último, en otro punto de la sesión extraordinaria de este 23 de febrero, el IEEPCNL aprobó el programa editorial del instituto para el 2024, el cual contiene 5 obras seleccionadas por el Comité Editorial para su producción, de 24 proyectos recibidos a través de la convocatoria ciudadana respectiva de 2023; así como una edición de la revista del instituto, Punto Dorsal.

Imagen portada: MILENIO

Fuente:

// Con información de Milenio

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: lostubos
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