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Amparo contra Ley de Industria Eléctrica ‘salvó’ a México de sanciones por T-MEC, señala SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) expuso que la decisión de la Segunda Sala del máximo tribunal, de otorgar un amparo a empresas que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica de 2021, dejó sin efecto el panel de controversia iniciado por el gobierno de Washington y secundado por el de Canadá bajo el tratado entre los tres países, el T-MEC, en el que de perder México se preveían grandes sanciones; informó MILENIO.

“La inconstitucionalidad declarada dejó sin materias las consultas que, en el Panel de Energía, formularon esos países en julio de 2022; lo que se traduce en que se evitó para México, una condena económica de grandes dimensiones y el fin del asunto en el tema energético”, expuso en una tarjeta informativa la más alta autoridad jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación.

Recordó que el pasado 31 de enero se otorgó dicho amparo, dado que la nueva ley transgredía los principios de libre competencia y concurrencia.

“No sólo significó conceder el amparo a las quejosas, sino que también generó una consecuencia para el resto de los agentes que participan en el mercado eléctrico mayorista. Además, una de las implicaciones de esa decisión impactó de manera decisiva en la controversia que tanto EU como Canadá habían presentado, en el marco del T-MEC, contra México por la política del gobierno”, dijo.

Durante la sesión de la Suprema Corte, se ordenó aplicar la ley que estaba vigente antes de que entrara en vigor la reforma del 9 de marzo de 2021.

Con voto de calidad del presidente de la Sala, el ministro Alberto Pérez Dayán, se concedió la protección de la justicia a las empresas La Bufa Wind, Compañía de Energía Mexicana, Eléctrica Del Valle de México, Fuerza Eólica del Istmo, Eólica de Coahuila y Eóliatec de Istmo.

Durante la sesión el ministro Javier Laynez Potisek se declaró impedido de conocer el asunto. Pérez Dayán presentó el proyecto y Luis María Aguilar lo apoyó. Mientras que Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guarradama se pronunciaron en contra. Batres tomó la palabra durante más de 25 minutos para manifestar sus razones de porqué estaba en contra.

“Voy en contra del proyecto porque consideró que debió haber seguido el procedimiento tasado en el artículo 60 de la Ley de Amparo sobre la recusación. También porque debió haber seguido un procedimiento que prevé la Ley Orgánica, respecto de hacer válido el voto de calidad del presidente de la Sala y tercero porque consideró que este tema ya fue discutido en una anterior acción de inconstitucionalidad”, expresó la ministra.
Sin embargo, Pérez Dayán reviró diciendo que el proyecto recogía los argumentos de inconstitucionalidad de siete ministros del Pleno que se pronunciaron sobre el tema en 2022.

“Estoy con el proyecto, pues este recoge puntualmente los argumentos de inconstitucionalidad de la ley cuestionada, sostenidos por el tribunal pleno al conocer de la acción de inconstitucionalidad 64/2021, en sesión de 7 de abril de 2022, donde se alcanzaron los siete votos, de ahí que este proyecto se hace precisamente en consideración a sus alcances”, expuso.

Esquivel Mossa también manifestó su desacuerdo por la forma en que Pérez Dayán ejerció su voto de calidad, como presidente de la Sala.

“Yo voy a hacer un voto particular por la forma de interpretación que se está dando, por parte de la presidencia de esta Sala, al artículo 56 de la Ley de Amparo, porque considero que el empate al que se refiere este artículo es con relación a los impedimentos y no al fondo del asunto”.

Imagen portada: Cuartoscuro

Fuente:

// Con información de Milenio

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: lostubos
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