El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó a las personas físicas que están por presentar su declaración anual en este año y que corresponden al ejercicio fiscal 2023, pueden deducir gastos médicos; señala MILENIO.
¿Qué es una persona física?
Una persona física, según la definición del SAT, es el individuo miembro de una comunidad con derechos y obligaciones, determinados por un ordenamiento jurídico.
Mediante un comunicado, el órgano de recaudación fiscal informó que los gastos que se pueden deducir en esta obligación son los siguientes:
- Horarios médicos.
- Dentales.
- Psicológicos o nutricionales.
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
Así como honorarios a enfermeras, análisis o estudios clínicos, prótesis.
Agregó que la compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, lentes ópticos graduados y primas por seguros de gastos médicos.
También explicó que estos gastos son deducibles para el contribuyente o, en su caso, para familiares directos como cónyuge, concubino, padres, abuelos, hijos y nietos que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.
Además, informó que los gastos deben estar respaldados por facturas emitidas por personas con título profesional y haberse pagado mediante cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito o servicios.
Resaltó que también son deducibles los gastos por salud derivados de incapacidades o discapacidades mayores a 50 por ciento de la capacidad normal, siempre que se cuente con el certificado o la constancia correspondiente expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
El órgano tributario explicó que las personas físicas son las que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial y/o profesional, que pueden deducir gastos médicos en su declaración anual.
Señaló que las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en curso, lo que en algunos casos permite obtener una devolución.
Para mayor información, el SAT pone a disposición de los contribuyentes el Visor de deducciones personales: AQUÍ.
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