El tema del desplazamiento forzado interno en México será tema de debate en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ya que abordará el primer caso de decenas de personas que forman parte del 70 por ciento de una familia del norte del país, que a partir de 2010 fueron víctimas de extorsión, secuestros, asesinatos y otros delitos por parte de integrantes de un cártel del narcotráfico, y que, en 2013, se vieron obligados a irse a otras regiones del país; reportó MILENIO.
El caso pasó por manos de fiscalías estatales, la entonces Procuraduría General de la República (PGR), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), a esta última a la que reclaman que ha omitido pronunciar una resolución en materia de reparación para su caso a pesar de contar con un amplio expediente que relata los hechos victimizantes que resintieron.
El próximo 8 de mayo, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo presentará a la Primera Sala de la Corte un proyecto de sentencia donde propone amparar a estas personas, que, de acuerdo con la Recomendación 94/2019 de la CNDH, se trata de 80 personas de 9 núcleos familiares que vivían en los municipios de Saucillo, Delicias, La Cruz y Chihuahua, donde realizaban actividades pecuarias y de comercio.
Los nombres de las víctimas, así como las comunidades a las que pertenecían, han sido omitidas en los expedientes judiciales, debido a las denuncias que presentaron y porque en los delitos han estado involucrados comandantes de corporaciones policiacas estatales que colaboraban con el narco.
El próximo 8 de mayo, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo presentará a la Primera Sala de la Corte un proyecto de sentencia donde propone amparar a estas personas, que, de acuerdo con la Recomendación 94/2019 de la CNDH, se trata de 80 personas de 9 núcleos familiares que vivían en los municipios de Saucillo, Delicias, La Cruz y Chihuahua, donde realizaban actividades pecuarias y de comercio.
Los nombres de las víctimas, así como las comunidades a las que pertenecían, han sido omitidas en los expedientes judiciales, debido a las denuncias que presentaron y porque en los delitos han estado involucrados comandantes de corporaciones policiacas estatales que colaboraban con el narco.
¿Qué es el Desplazamiento Forzado Interno?
Es un fenómeno social que consiste en la movilidad de un grupo de personas que se traslada de su lugar de origen o residencia habitual como resultado o para evitar situaciones concretas. Dichos traslados se caracterizan, principalmente, porque más que voluntaria se convierte en una vía de escape o huida ante situaciones que ponen en peligro la integridad y la vida de las personas, pero que se circunscribe dentro de un mismo estado, es decir, sin traspasar fronteras internacionales.<br><br>Desde la década de los noventa, la ONU ha concretado una serie de esfuerzos sobre el tema de las personas desplazadas internas.
La familia es originaria de Chihuahua, por lo que probablemente el grupo criminal al que se refieren los expedientes es a La Línea del cártel de Juárez, del cual se ha documentado que en dicha época formó una alianza con Los Zetas para enfrentar al cártel de Sinaloa, lo que provocó desplazamientos de habitantes de varias comunidades.
Las víctimas son un grupo familiar, que originariamente estaba asentado en la región centro-sur del Estado donde realizaban actividades pecuarias y de comercio.
“Entre 2010 y principios de 2013, diversos miembros de la familia ***** sufrieron múltiples hechos delictivos, los cuales comprenden, entre otros, secuestros; homicidios y tentativas de homicidio; múltiples robos y saqueos; amenazas de muerte; y cateos ilegales. Además, tres personas que no eran integrantes de la familia fueron asesinadas por sus vínculos con esta”, detalla el expediente de un Tribunal Federal.
“El 7 de noviembre de 2010, en Saucillo, Chihuahua, miembros de la delincuencia-organizada secuestraron a ****** ****** ***** *****, quienes contactaron a ****** ****** ***** **** (hoy quejoso y padre de ****** ****** ***** *****) vía telefónica amenazándolo con matar a ****** ****** ********* si no se entregaba el dinero solicitado. Días después, los secuestradores entregaron al hijo del señor ***** **** con vida, a cambio de aproximadamente 200 mil pesos.
Los expedientes dan cuenta de decenas de delitos cometidos contra la familia durante tres años, donde predominan los homicidios y secuestros.
“Un año después, el 17 de octubre de 2011, ******* ******* ***** ******** fue asesinado por razones desconocidas. ******* ***** era hijo de ***** ***** **** (hoy quejoso)”, sigue el documento.
Por ello, el ministro Pardo Rebolledo propondrá amparar a las víctimas para que, en un plazo no mayor a 45 días la CEAV emita la resolución sobre diversas medidas a las que se refiere el artículo 27 de la Ley General de Víctimas para lograr su reparación integral, “la cual deberá incluir inexcusablemente un apartado sobre la compensación y la compensación subsidiaria, según sea el caso, a la que sean acreedores las víctimas”.
Para ello, deberá tomar en cuenta la multilateralidad de los daños sufridos y las particularidades de cada una de las víctimas.
“Dicha resolución deberá atender de manera pormenorizada a cada una de ellas, sus características y necesidades especiales, particularmente si la víctima pertenece a un grupo en condiciones de vulnerabilidad, como niñas, niños y adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros elementos de interseccionalidad”, menciona el proyecto.
Lo anterior, sin perjuicio de las medidas de emergencia (de ayuda y/o apoyo) que ya reciben no pueden considerarse excluyentes a las que se determinen en forma definitiva en dicha resolución, de conformidad con el principio de complementariedad.
Y sólo en el caso de que dicha autoridad estime necesario recabar nuevos datos para lograr la integralidad de dicha reparación, el plazo originalmente concedido podrá extenderse, por única ocasión, lo cual no podrá exceder en ningún caso el tres meses.
Imagen portada: Especial | MILENIO