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Oposición votó contra la sobrerrepresentación para coaliciones; ahora la piden

El PRI ha sido uno de los partidos más beneficiados de las actuales reglas en la repartición de las diputaciones plurinominales, pues la reforma electoral de 2014 le permitió conservar —a través de una coalición— una mayoría legislativa y también estar por encima del tope del ocho por ciento de representación establecido en la ley; publica MILENIO.

Pese a que ahora se quejan, el PRI, PAN y PRD fueron los responsables de eliminar en 2014 la regla que impedía una sobrerrepresentación para coaliciones, como lo establecía literalmente el artículo 98 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), y dejaron la restricción sólo para partidos.

Ahora que los números no los favorecen, exigen que se haga una interpretación para que se aplique con coaliciones y no por partido.

Así, en la elección del 2015, PRI y PVEM formaron una coalición que les permitió una representación del 50 por ciento en la Cámara de Diputados aunque sólo llegaron al 40.3 por ciento de los votos emitidos; una sobrerrepresentación del 9.7 por ciento, 1.7 por ciento por encima del tope.

Eso fue un gran salto, porque tres años antes, con la normativa anterior, la misma alianza tuvo un beneficio, pero fue mínimo, de sólo 0.2 por ciento. Esto tras haber alcanzado el 40 por ciento de la votación nacional emitida, en el Congreso sus espacios llegaron al 48.2 por ciento de representación.

“Siempre algún partido está sobrerrepresentado, la primera fuerza siempre va sobrerrepresentada por el tema de que mayoría relativa, con un voto te llevas todo el distrito, a veces son dos fuerzas”, señaló en entrevista el académico Javier Aparicio.

“En 2018, la estrategia utilizada del PRI y PVEM fue replicada por Morena, Encuentro Social y el PT, para crear una mayoría inflada que llegó al 15 por ciento, a través de la coalición Juntos Haremos Historia tuvieron más de 300 diputados.

“Morena se adelgaza, adelgaza sus triunfos de mayoría para maximizar las pluris. Y ya en la suma, sumar toda la coalición, la coalición queda sobre representada. Ese es el truco de Morena. Al PRI, en 2012, con ese truco, tuvo un diputado de más”, detalló Aparicio.

Morena registró candidatos de sus aliados como propios, después de la elección los mismos regresaron al partido que pertenecían. El partido quedó únicamente con 106 legisladores y obtuvieron más curules de representación proporcional, de tal forma que de 269 espacios que les correspondía originalmente a la alianza pasaron a 308, una sobrerrepresentación del 15 por ciento.

“Cada vez, el partido político predominante en el momento, en el periodo de las elecciones o en el momento presidencial, saca ventaja de esas reglas. (…) Lo hizo el PAN, lo hizo el PRI y ahora lo haría Morena”, explicó Arturo Ramos, director del Centro de Investigación e Informática Jurídica de la Escuela Libre de Derecho.

En ese mismo año, el asunto llegó al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuando se presentaron impugnaciones de candidatos del PAN y PRD al acuerdo del INE que establecía la asignación de diputaciones proporcionales.

Marcha contra la sobrerrepresentación legislativa. | Foto: Ariana Pérez

El TEPJF confirmó el acuerdo del INE sin dejar de observar que la jurisprudencia que avala el registro de candidatos de otros partidos mientras exista un convenio de coalición necesitaba revisarse y considerar que el objetivo de la “representación proporcional consiste precisamente en lograr la mejor proporcionalidad posible entre votos y cargos”.

En 10 párrafos, la Coordinación de Jurisprudencia del Tribunal explicó que el texto de 2015 no permitía, en automático, el rebase de “los límites del sistema de representación” por lo que debía permanecer vigente y, en todo caso, las autoridades electorales tendrían que ajustar los parámetros constitucionales.

El magistrado Felipe de la Mata se posicionó a favor de validar el acuerdo del INE, sin embargo, en un voto razonado detalló por qué esta jurisprudencia podría suspenderse para casos futuros.

“Como dicha jurisprudencia puede llegar a afectar esa finalidad, al permitir que sean los partidos de una coalición quienes mediante el convenio respectivo puedan generar algunas distorsiones en la fórmula, debido al origen y grupo parlamentario con que identifican a sus candidatos, al margen del partido en el que militan, su alcance puede llegar a ser contrario al sistema constitucional”.

El INE pretendió detener la mayoría artificial de Morena y aliados para la legislatura de 2021 mediante la regulación de las coaliciones, la molestia de los partidos políticos detuvo tres meses al órgano electoral en la emisión de lineamientos. Como resultado, en marzo de ese año creó la afiliación efectiva.

Con esta figura, cuando existe un convenio de coalición, el instituto verifica cuál es la afiliación del candidato al momento del registro, de no tenerla contará para el partido que se haya establecido en el convenio y si es por reelección el lugar será para el grupo para el cual haya pertenecido.

En la sentencia de 2021, la Sala Superior confirmó este mecanismo, pero también vinculó a la Cámara de Diputados verificar que su integración, posterior a la instalación, no tuviera sobrerrepresentación.

A una década de las mayorías infladas, la discusión retorna sobre cómo debe interpretarse la Constitución, académicos y ex funcionarios electorales proponen que la norma considere a las coaliciones como partido, otros que se le dé peso a lo que decidió la ciudadanía en las urnas.

“Si un partido político tuvo más votos, en este caso Morena, pues es claro que hay una decisión como tal y esa tiene que trasladarse, por supuesto, a las curules que existen en el Congreso.

“Para tratar de dar una visión alternativa, es que hacer ese ajuste más bien en los partidos en el PT y en el PVEM como también en los partidos, pues en el caso del PRI, de la coalición, de la otra coalición”, agregó Arturo Ramos.

Manifestación contra la sobrerrepresentación legislativa en Querétaro. | Especial

Interpretación contra la sobrerrepresentación

Aunque en el contexto actual una fuerza política domina la preferencia del electorado, los principios constitucionales abogan por un sistema partidista equitativo, en consecuencia, se pueden hacer ajustes.

Lo plantearon de esta forma los ex presidentes del IFE (ahora, INE), Leonardo Valdés, y del INE, Lorenzo Córdova, quienes entrevistados por separado, coincidieron que en la interpretación de la Constitución y leyes existen tres factores a considerarse: la gramatical, la sistemática y la funcional.

Valdés Zurita señaló que se está ante un “panorama inédito” al no existir un precedente de intento de sobrerrepresentación como se vislumbra en la siguiente legislatura.

“Debe ser tratado como un fenómeno novedoso y debe provocar una interpretación correcta de los principios constitucionales. Lo que está en juego no es cuántos diputados le toca a cada partido, sino cuántos diputados nos representan a las y los ciudadanos que votamos por ellos a través de los partidos políticos”, sostuvo.

Ambos defienden que las coaliciones debe ser tratadas como si fuera un solo grupo político o en todo caso, explicó Córdova Vianello, ser congruentes en la aplicación del artículo 54 de la Constitución.

Xóchitl Gálvez, ex candidata presidencial de la oposición. | Foto: Ariana Pérez

En su primera fracción establece como requisito un mínimo de 200 candidatos de mayoría relativa por partido para acceder a listas regionales; Morena, PT, PVEM, PAN, PRI y PRD no cumplen esta regla.

En la quinta fracción, donde surge la polémica reciente, establece que ningún partido puede contar exceder los ocho puntos en la Cámara de Diputados a su porcentaje de votación nacional emitida.

“Atender a cuál fue el propósito de llevar a la Constitución esta norma. Y el propósito es claro y evidente, que ninguna fuerza política pueda cambiar por sí sola la Constitución, por un lado y por otro lado.

“Hay muchos elementos que se están poniendo sobre la mesa hoy que tendrán que ser considerados y que no necesariamente vinculan lo que en el pasado ocurrió”.

Del acuerdo del INE aprobado en diciembre de 2023 y confirmado por el TEPJF sobre la repartición de curules, los académicos manifestaron que el órgano electoral debe tomar en cuenta nuevos escenarios de ponderación y valoración.

“El Consejo General al inicio del proceso electoral debió haber vislumbrado perspectivas y escenarios que podrían llevar a una problemática como la que estamos enfrentando. Siempre es factible hacer interpretaciones en la aplicación de la ley y es lo que ahora tienen que hacer con mucho cuidado el Consejo General del INE”, añadió Leonardo Valdés.

Xóchitl Gálvez en marcha contra sobrerrepresentación legislativa. | Ariana Pérez

Las proyecciones

Después de la elección del 2 de junio, el INE hizo un ejercicio de cómo quedaría integrada la Cámara de Diputados sin tomar en cuenta las resoluciones derivadas de los juicios de inconformidad a los cómputos distritales, labor que tiene como fecha máxima para resolverse el próximo 19 de agosto.

La proyección quedaría —si no se modifican los resultados distritales, locales y por circunscripción— de la siguiente forma:

• Partido Acción Nacional (PAN): 72

32 mayoría relativa y 40 de representación proporcional

• Partido Revolucionario Institucional (PRI): 35

26 mayoría relativa y 9 de representación proporcional

• Partido de la Revolución Democrática (PRD): uno

No accede a plurinominales al no alcanzar el tres por ciento de votación.

• Partido del Trabajo (PT): 51

38 mayoría relativa y 13 de representación proporcional

• Partido Verde Ecologista de México (PVEM): 77

57 mayoría relativa y 20 de representación proporcional

• Movimiento Ciudadano (MC): 27

32 mayoría relativa y 40 de representación proporcional

• Morena: 236

161 mayoría relativa y 75 de representación proporcional

• Candidatura Independiente: uno

Votación nacional emitida: 55 millones 705 mil 598

Cociente natural: 278, 527.99

Imagen portada: Ariana Pérez | MILENIO

Fuente:

// Con información de Milenio

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: lostubos
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