La nueva minuta de la reforma al Poder Judicial de la Federación mantiene vigente uno de los cambios más visibles que se plantean para la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN): acabar con las sesiones privadas entre ministros y ministras, a fin de transparentar todos los casos posibles; informa MILENIO.
Para las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama, no hay razón que justifique que todos los asuntos de la Primera y Segunda Sala de la SCJN, se resuelvan, a veces incluso sin debate de por medio, en sesiones privadas.
“La experiencia que tengo me determina que no tenemos por qué llevar a cabo estas sesiones privadas y si ahora la disposición constitucional nos obliga a tener exclusivamente sesiones públicas, así se debe hacer. Yo creo que es un gran ejercicio”, enfatizó en entrevista para MILENIO la ministra Esquivel Mossa, propuesta en 2019 por el presidente López Obrador para integrar el máximo tribunal del país.
“Todas las instituciones públicas deben ser como una caja de cristal: transparentes totalmente y uno de los ejercicios de transparencia, sin duda alguna, es llevar a cabo las sesiones en donde el público pueda ver lo que se habla y lo que se argumenta”.
Ambas ministras han sido las únicas en pronunciarse de manera pública para eliminar estas sesiones privadas, incluso participando en los foros que se han organizado por el Poder Legislativo y por Morena para informar y conocer esta propuesta de reforma.
«Es urgente que se hagan públicas las sesiones privadas de la Suprema Corte Justicia de la Nación, donde se discuten y acuerdan temas tan relevantes como los amparos contra la Ley de la Industria Eléctrica», exclamó la ministra Lenia Batres durante uno de estos foros organizados por el Instituto Nacional de Formación Política de Morena.
Aseguran que existen casos que deben resolverse de forma privada
A pesar de esta coincidencia de apertura a las sesiones, integrantes del máximo tribunal del país han expuesto que, de concretarse esta reforma, se tendría que reglamentar que en algunos casos sí se resuelvan algunos asuntos de manera privada, tal es el de menores de edad u otros que pudieran implicar revictimización, entre otros.
Esto representaría una verdadera excepción como lo establece actualmente la propia Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que justifican las sesiones privadas en “casos en que así lo exijan la moral o el interés público”.
Un ministro del máximo tribunal del país, consultado por MILENIO pero que pidió no ser citado, defendió las sesiones previas de la Primera y Segunda Sala de la SCJN por la gran cantidad de asuntos, principalmente de desechamientos, amparos directos y en revisión que atienden y la celeridad que dan al dirimirlos de esta forma.
Explicó que, como no se está frente a las cámaras, la comunicación entre los ministros y ministras se da más ágil y rápida, pues en la sesión pública, con conocimiento de ser grabados y con gente presente, los ministros y ministras son cuidadosos con el lenguaje técnico y en sus posicionamientos, por lo que, en la consideración de dicho ministro, eso haría las sesiones largas e interminables.
En el Pleno de la Suprema Corte también se llevan a cabo sesiones privadas previas a las públicas, en las que ya los 11 ministros y ministras suelen discutir algunos puntos, principalmente técnicos, del asunto que se resolverá enseguida.
También en estas sesiones privadas se ven temas internos como el ejercicio de recursos públicos o de responsabilidades administrativas contra servidores públicos, acuerdos generales como turnos de expedientes, si abrir o no un determinado expediente o si se debe dar una audiencia pública a algún solicitante, en qué condiciones, entre otros.
En el proyecto de decreto, por el que se modifican, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución, en materia de reforma del Poder Judicial, modificado tras los foros de consulta organizados por el Congreso, se plantea cambiar el tercer párrafo del artículo 94, a fin de eliminar las dos Salas con las que actualmente cuenta la SCJN, “a fin de que sea el Pleno quien conozca y delibere sobre todos los asuntos que lleguen al máximo tribunal”.
Transparencia en todos los casos
Esto implicaría un cambio radical de transparencia en prácticamente todos los casos que le lleguen y resuelva el máximo tribunal del país, pues, aunque a la fecha, la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en sus artículos 94 y 16, respectivamente, establecen que las sesiones de la Suprema Corte serán públicas y, por excepción, “privadas” y “secretas”, esta modalidad se volvió recurrente.
Es el caso de la Primera y Segunda Salas, las cuales resuelven algunos temas específicos: cada miércoles, antes de que se lleven a cabo las sesiones públicas ordinarias, los cinco ministros y ministras que integran cada una de las Salas, sostienen una reunión previa en la que, en los hechos, dirimen todos los asuntos y cuando se realiza la sesión pública, solo un secretario o secretaria lee el número de asunto y pide a los ministros y ministras votar a favor o en contra del sentido del proyecto elaborado por uno de ellos y repartido semanas antes a sus pares.
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