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Legisladores de Morena propusieron una nueva reforma constitucional al artículo 1

Este martes, el morenista Adán Augusto López, presentó en el Senado la iniciativa para salvaguardar las reformas constitucionales de impugnaciones a través del juicio de amparo, la controversia constitucional y la acción de inconstitucionalidad; reportó MILENIO.

A esta iniciativa, inicialmente suscrita por los coordinadores parlamentarios de Morena, Ricardo Monreal y Adán Augusto López, además del presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, se sumaron todos los integrantes de las bancadas de Morena, PT y Verde.

Por su parte, los demás grupos parlamentarios criticaron la propuesta. Mientras que el PAN calificó la iniciativa como «delicada», el PRI acusó que debilita la confianza en el Estado de derecho.

“Lo que hoy pretende el oficialismo es una locura más de cómo pretender atropellar el proceso, de cómo se debe llevar el proceso legislativo, señaló el senador Alejandro Moreno.

Y fuera de los recintos legislativos, la iniciativa fue motivo de advertencias por parte de organismos internacionales.

El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) y Amnistía Internacional advirtieron sobre retrocesos en materia de protección a los derechos de las personas de aprobarse la reforma al artículo primero constitucional.

¿Qué implica la reforma al artículo 1 constitucional?

La Iniciativa con proyecto de decreto pretende reformar el segundo párrafo del V artículo 1°, adicionar un último párrafo al artículo 103 y un último párrafo al artículo 105 y reformar el párrafo primero de la fracción II del artículo 107 constitucional, en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Carta Magna.

Entre los argumentos que los legisladores escribieron en su exposición de motivos, está que el Poder Judicial de la Federación tiene a su cargo la defensa de la Constitución a través de la interpretación y aplicación de esta, pero no su modificación.

«Es claro que en nuestra tradición constitucional la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no es impugnable mediante los mecanismos de control previstos en nuestro sistema jurídico. 

«En consecuencia, con la finalidad de reforzar el sentido de la Constitución General ante los intentos recientes de burlar sus postulados, y proporcionar certeza jurídica y claridad sobre la tradición constitucional que ha imperado en la totalidad del sistema normativo mexicano, se hace la siguiente propuesta de modificación a los artículos 105 y 107, que regulan las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad, así como el juicio de amparo, respectivamente».

En resumen, esta iniciativa propone establecer que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y con los tratados internacionales de la materia, favoreciendo a las personas la protección más amplia, pero en ningún caso pueden ser inaplicadas por medio de control de convencionalidad.

¿Qué es el control de convencionalidad?

De acuerdo con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el control de convencionalidad es el mecanismo que se ejerce para verificar que una ley, reglamento o acto de las autoridades del Estado, se ajusta a las normas, los principios y obligaciones de la Convención Americana de Derechos Humanos.

​¿Cuáles son los mecanismos de control constitucional y cómo funcionan?

Controversia constitucional

Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.

Acción de inconstitucionalidad

Es un recurso legal que se tramita en forma exclusiva ante la Suprema Corte por medio del cual se denuncia la posible contradicción entre la Constitución y alguna norma o disposición de carácter general de menor jerarquía (ley, tratado internacional, reglamento o decreto), con el objeto de preservar o mantener la supremacía de la Carta Magna y dejar sin efecto las normas declaradas inconstitucionales.

Juicio de amparo

Es un medio de control constitucional de carácter judicial que tiene como principal objetivo asegurar la protección y garantía de los derechos humanos de todas las personas frente a actos, omisiones o normas emitidas y aplicadas por cualquier autoridad en el país, sin importar si se trata de locales o federales.

Imagen portada: MILENIO

Fuente:

// Con información de Milenio

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: lostubos
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