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Transparencia 3.0: Reconocimiento a Ernestina Ascencio

Por Naldy Rodríguez

Ernestina Ascencio Rosario, mujer náhuatl de la Sierra de Zongolica en el Estado de Veracruz, fue víctima de diversas violaciones graves, entre ellas abuso sexual presuntamente por parte de militares, que acabaron con su vida a la edad de 73 años. Los hechos ocurrieron el 25 de febrero de 2007 en medio de la estrategia castrense fallida de Felipe Calderón Hinojosa.

De manera inicial, en el mes de abril, el entonces procurador estatal, Emeterio López Márquez, declaró que había evidencias de que «sí hubo violación», sin embargo, desde el Altiplano, ordenaron una investigación en contra de los tres peritos que realizaron las pruebas “por supuestas irregularidades detectadas por la CNDH en los dictámenes levantados”, como informó en su momento Proceso.

Finalmente, la Procuraduría estatal, que dependía del ex gobernador Fidel Herrera Beltrán, tuvo que retractarse y cerrar la investigación con la versión federal en la que se afirmó que la muerte de Ernestina se debió a una “gastritis crónica”, negando que fuera abusada sexualmente por elementos del Ejército y que hubiera sido desatendida médicamente, al carecer de hospitales y de intérpretes en su lengua materna, el náhuatl.

Casi 18 años después, el estado mexicano reconoció ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos su responsabilidad por violaciones a los derechos a la salud y a la justicia, comprometiéndose a realizar una nueva investigación de los hechos con perspectiva de género y en plazos razonables; así como a pedir una disculpa pública y difundir la sentencia en el Diario Oficial de la Federación (instrumento público y accesible). También a llevar médicos casa por casa, sobre todo en zonas marginadas y apartadas como la sierra de Zongolica.

Lo único que no reconocieron los representantes de México en esa audiencia es la violación respecto al derecho de acceso a la información a la carpeta de investigación del caso, porque si bien durante 2009 y 2010 se restringió y reservó toda documentación contenida ahí, en septiembre del 2022 se hizo entrega a la persona solicitante.

En la audiencia celebrada el pasado 30 de enero, estuvo como perito especializado en materia de Acceso a la Información, el Dr. Ernesto Villanueva, quien dio una cátedra sobre el Derecho a Saber y los límites con otro derecho humano, el de Protección de Datos Personales, así como la famosa “prueba de daño” (un análisis jurídico para ponderar entre estos dos derechos y sus restricciones previstas en la propia Constitución y leyes en la materia, así como el marco normativo internacional).

Villanueva, estudioso desde hace más de dos décadas de estos dos derechos en México y en el mundo, aprovechó para exponer tres grandes retos, tras la reforma constitucional por la que se extinguirá el INAI y los órganos garantes locales: incluir su promoción y enseñanza desde el sistema educativo, incorporar en la armonización de las leyes de transparencia los principios pro persona e interpretación conforme; así como capacitación de jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial en materia de transparencia y derechos humanos, con énfasis en el interés público y que sean limitadas las reservas.

Así, el debate por cuanto hace al derecho de acceso a la información giró sobre la versión pública que entregó la actual Fiscalía General del Estado de Veracruz, la cual, como reconoció el académico e investigador de la UNAM, no se reservó, sólo se testaron los datos personales (los relativos a particulares y que no tenían el carácter de servidores públicos). 

La carpeta de investigación que comprende mil 252 hojas se entregó en versión pública en cumplimiento al incidente IVAI-INC/01/2022, donde únicamente se testarían los datos personales, los cuales requieren del consentimiento de las personas que son titulares de los mismos, precisamente ponderando ese otro derecho humano fundamental.

Es decir, por orden del pleno del IVAI de Veracruz, que pude presidir del 2020 al 2023, se ordenó a la Fiscalía General del Estado entregar el expediente completo y abierto, con lo cual dimos cumplimiento a lo recomendación previa  emitida por la Comisión Interamericana, pero también cumplimos con un deber ético y moral que el caso ameritaba.

Al aceptar la responsabilidad por violación al derecho a la justicia, se deberá investigar con perspectiva de género, etaria, étnica y multicultural y determinarse la responsabilidad de las personas servidoras públicas que hayan tenido algún grado de responsabilidad, por acción u omisión en este caso, así como del Ejército.

Se requerirán también acciones tendientes a la reparación integral del daño, incluyendo medidas de compensación, rehabilitación y satisfacción, y garantías de no repetición, que involucren también a la Secretaría de Salud.Se está luchando aún por construir la verdad histórica, es cierto; pero la aceptación y el reconocimiento significan un avance en la exigencia de justicia para Ernestina Ascencio, quien, además, sufrió múltiples discriminaciones: por ser mujer, por ser indígena, por ser una persona adulta mayor y por vivir en condiciones de pobreza y marginación.

Imagen portada: Especial

Fuente:

// Con información de SPR

Vía / Autor:

// Naldy Rodríguez

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Autor: lostubos
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