El Gobierno de Nuevo León, a través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General, publicó en el Periódico Oficial una serie de subsidios a empresas que tengan retrasos con el pago del Impuesto Sobre Nómina (ISN), lo anterior, con la finalidad de amortiguar el impacto arancelario del que puedan ser objeto por parte de los Estados Unidos; publica MILENIO.
De acuerdo con el documento, los subsidios serán acordados por la autoridad fiscal previa solicitud del contribuyente bajo tres parámetros.
Dichos parámetros consisten en créditos fiscales del Impuesto Sobre Nómina que se hayan dado antes del 1 de enero del 2024 en donde se otorgará el 50% del subsidio sobre la contribución actualizada y el 100% del subsidio en recargos, multas por incumplimiento a obligaciones de pagos y gastos de ejecución que deriven de dichos créditos.
Un segundo supuesto es tratándose de multas por incumplimiento de obligaciones fiscales estatales distintas a las de pago causadas antes del 1 de enero del 2024 en donde el subsidio será también del 50 por ciento.
Y el tercer parámetro es dar un subsidio del 50% a todos aquellos que tengan multas impuestas durante el ejercicio fiscal 2025 por incumplimiento de obligaciones fiscales estatales distintas a las obligaciones de pago, dicho subsidio será siempre que sean pagadas dentro de los 30 días siguientes a su notificación. En este supuesto el beneficio no será aplicable en caso de que el contribuyente interponga un medio de defensa en contra de la multa ya sea vía administrativa o judicial.
Por otra parte, también se establece que, para gozar de los beneficios a que se refiere el presente acuerdo, el contribuyente deberá presentar su solicitud de adhesión a más tardar el 30 de noviembre del presente año ante la Dirección General de Créditos y Cobranzas, o en su caso, la Dirección General de Fiscalización para los procedimientos de fiscalización en trámite adscritas a la Subsecretaría de Administración Tributaria de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de conformidad con el formato expedido para esos efectos y anexos correspondientes según lo determinado por el artículo 19 del Código Fiscal de Nuevo León.
En ese sentido, se establece que la parte no subsidiada del crédito fiscal deberá ser pagada en su totalidad en una sola exhibición y manifestar bajo protesta decir la verdad en cuanto al pago puntual de lo que resta del ejercicio fiscal 2025.
Otra de las aclaraciones que se hace es que todos aquellos créditos fiscales diferidos o en proceso de pago a plazos conforme al Código Fiscal de Nuevo León, el subsidio aplicará únicamente por el saldo pendiente a liquidar; en caso de existir un medio de defensa en contra de resoluciones determinadas en los créditos fiscales, el promovente deberá desistirse de dicha impugnación para poder acceder al subsidio.
Además, no se aplicarán los subsidios del presente acuerdo a créditos fiscales que ya hayan sido pagados, por lo cual, no habrá devoluciones, compensación, acreditamiento o saldo a favor.
Dicho acuerdo entró en vigor a partir de este miércoles y estará vigente hasta el 30 de noviembre del 2025.
Imagen portada: Roberto Alanís / MILENIO