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SAT podría multarte si no cumples con estos trámites antes del 17 de julio

Los trámites del SAT debes realizarse de manera obligatoria dependiendo del tipo de contribuyente que seas; descubre si el tiempo límite aplica para ti

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene un calendario con la fecha límite para la realización de ciertos trámites para sus contribuyentes. Algunos de estos tienen hasta el jueves 17 de julio para hacerlo, sino podrán enfrentar sanciones como multas; publica MILENIO.

A través de su portal oficial, el SAT da a conocer la fecha de vencimiento para estos trámites, peor ¿cuáles son? Aquí te damos toda la información.

¿Qué trámites del SAT tiene fecha limite el 17 de julio?

El calendario no da tregua y el Servicio de Administración Tributaria tiene fechas clave que no puedes pasar por alto si quieres evitar dolores de cabeza y, sobre todo, sanciones como lo son las multas.

El 17 de julio de 2025 está próximo, por lo que es crucial que revises tu situación y te asegures de cumplir con tus obligaciones.

Por medio del calendario fiscal en el portal oficial del SAT, se enlistan lo siguiente trámites que tienen fecha de vencimiento el próximo 17 del mes:

  • Presenta tu declaración de pagos mensuales y definitivos. Régimen Simplificado de Confianza
  • Presenta tus pagos mensuales o definitivos de personas físicas por actividades empresariales y profesionales
  • Declaración trimestral de los ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles
  • Presentar la declaración mensual de empresas del Régimen General de Ley
  • Presentar la declaración mensual de empresas con fines no lucrativos
  • Presentar la declaración mensual del Régimen de las Sociedades Cooperativas
  • Presentar la declaración mensual de empresas del sector primario
  • Presentar la declaración mensual del Régimen Simplificado de Confianza para empresas
  • Presentar la declaración mensual del Régimen de los Coordinados

¿Cuál es la multa por no presentar los trámites?

Cada uno de los trámites fiscales ante el SAT se rigen por una ley, por ejemplo, ante el Código Fiscal de la Federación o la Ley del IVA ISR.

Además, cada uno es obligatorio dependiendo del tipo de contribuyente que eres: persona física o persona moral, y las actividades económicas que realices. Es decir, que cada trámite pude tener distintas sanciones que querrías evitarte.

Ante esto, es mejor que apuntes la fecha y los realices en tiempo y forma para evitarte multas o procesos extra con el SAT.

Las oficinas del SAT ofrecen atención de lunes a jueves de 09:00 a 16:00 horas y los viernes de 8:30 a 15:00 horas,

También puedes consultar dudas acerca de tus trámites desde el portal oficial del SAT, accediendo directamente en este enlace.

Imagen portada: Especial / MILENIO

Fuente:

// Con información de MILENIO

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: Staff
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