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Los constituyentes del 22

Por José Francisco Villarreal

No sé nada de leyes. Ni en mi más ingenua juventud se me ocurrió seguir una carrera de Leyes. Quise ser sacerdote, pero no se me dio nunca la castidad; aviador, pero no pude, ni de unos ni de otros, porque sufro vértigo y no me gusta cobrar por servicios no prestados. Finalmente opté por técnico electricista, aunque pasé por FIME y FyL. Nótese que puedo entender más un sistema termodinámico, los vericuetos de la Semántica, o una ecuación diferencial, que la monserga de artículos, capítulos y secciones de una ley. Lo que sí puedo comprender es el impulso social que crea un código para organizarse en un país federalista. No es difícil. Es sólo una cuestión de sentido común y conciencia social.

Hay, por cierto, una base muy curiosa en la organización de las leyes en una federación como México. Lo normal es que consideremos a la Constitución Mexicana casi como un símbolo patrio. Sin duda que es un ente regulador para todos los estados que puede ser ampliada en cada uno pero nunca rebasada ni contradicha. Sin embargo, la verdad es que la constitución federal debe ser una consecuencia de las estatales. Cada constitución estatal es un fundamento superior para la creación de la república federal. Así, una vez consolidada una constitución federal, es esta la que mantiene estable la regulación de todas las demás, porque los estados federales son autónomos no autárquicos.

En México no hemos hecho mucho caso de este principio. Las constituciones nacionales han surgido antes de que cada estado promulgue la suya. Algo tan elemental como la definición política de la geografía nacional no siempre ha respondido a la idea que tenía en cada región de sí misma como sociedad no como territorio.

Así y todo ha funcionado, porque la propia Carta Magna ha determinado que hay derechos y deberes que no deben cambiar, sólo mejorarse. Además, atendiendo al desarrollo del país y de cada estado, ha previsto mecanismos para adecuarse a cada cambio, eso que llamamos “reformas constitucionales”. Para eso hay una instancia federal que se llama Poder Revisor de la Constitución, formado por el Congreso de la Unión y los congresos estatales. Para el mismo fin a nivel local existe un “Órgano Revisor” en cada estado, formado por la legislatura local y los ayuntamientos. Se constituyen como asambleas constituyentes permanentes para reformar la constitución que les corresponda.

Así que me entero que el gobierno fosfo ha presentado al congreso local una iniciativa para una nueva constitución para Nuevo León. ¡Qué emoción! Escuché al gobernador García explicar que la constitución actual ya está muy vieja y que no corresponde a las necesidades del estado en estos modernísimos tiempos casi futuristas. Los y las congresistas, conmovidos y contagiados por ese entusiasta joven, admiten la iniciativa gerontofóbica y prometen ponerse en friega (algo muy raro en ellos) para que este mismo año tengamos una ¡Nueva Constitución para el nuevo Nuevo León! No… pos sí.

Insisto en que no entiendo mucho de leyes, pero sí un poquitín de los principios del federalismo. Sé, por ejemplo, que ninguno de los tres poderes del estado, ni los ayuntamientos, deben crear una nueva constitución. La razón es simple: son poderes constituidos no constituyentes. Una nueva constitución implicaría una redefinición completa de la idea de lo que es el estado de Nuevo León y de lo que son los nuevoleoneses, y eso sólo para empezar. Una constitución es un articulado básico, político y social, donde los ciudadanos se obligan a sí mismos a regirse por un código común, además un instrumento de la autoridad de los ciudadanos sobre los poderes constituidos (los de gobierno, entre otros). Por eso una nueva constitución no puede responder a la convocatoria de poderes constituidos sino a la del poder soberano del estado, que es el pueblo. El pueblo entonces debe seleccionar un grupo de delegados y asignarles la tarea de crear una constitución. Que a esos delegados constituyentes se les llame también “diputados” no significa que deben ser los mismos que ya ejercen esa función en un congreso constituido.

El viejo Nuevo León ha tenido ya cinco constituciones, incluyendo la vigente. Si husmeamos en los debates en Querétaro en 1917, veremos que básicamente consistió en retomar la de 1857 y ampliarla con las principales demandas revolucionarias. Los delegados constituyentes de Nuevo León no siempre estuvieron de acuerdo… Sí, me temo que nuestra genética es un pelín reaccionaria, conservadora y fifí desde esos tiempos. México, desde los borradores de don Ignacio López Rayón a la fecha, ha tenido tres documentos tentativos y cuatro constituciones operativas. Ambas constituciones vigentes, la federal y la local, han sufrido muchas reformas, siempre bajo la vigilancia de la Suprema Corte de la Nación que a veces ha tenido que enmendar la plana porque nuestros legisladores suelen ser más analfabetas jurídicos que yo.

No sé qué se pretenda hacer con esta presunta nueva constitución. A mí no me huele nada bien. Los encargados de “analizar” la iniciativa no son delegados constituyentes. Podrán hacer reformas a la vieja constitución local, pero no están facultados ni capacitados para crear una nueva… Ni siquiera un triste acuerdo pueden hacer sin “mano negra”. Sólo conseguirán la misma constitución pero con esparadrapos y apósitos. Considerando quiénes son los redactores de esta “nueva” carta local y de dónde llegó la iniciativa, se trata más bien de una élite que no representa a la soberanía estatal. No sé, pero me da más bien la impresión de que será como poner curitas en el cuchillo y no en la herida.

Y una cosa más. Tengo entendido que una simple reforma constitucional estatal, no digamos ya una nueva constitución, se da porque la MAYORÍA de los ciudadanos del estado la exigen abiertamente, no por opinión, ni interpretación, ni necesidades de funcionarios, especialistas o lobbies económicos. Las únicas excepciones son por mandato constitucional federal o de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y por ajustarse a tratados internacionales contraídos por la república… Porque, ojo, por más que gobernadores y alcaldes cacareen el huevo en nidos extranjeros, no deben ser interlocutores diplomáticos válidos; ni comerciales, a menos que cuenten con la intercesión federal.

O sea, ¿de veras tenemos constituyentes del 22 o sólo políticos apurados en imponer un bloque de reformas que los ciudadanos no han pedido? Porque, ¿algún ciudadano ajeno a los lobbies políticos y económicos conoce la iniciativa? Y repito: no sé nada de leyes, esto es pura especulación a partir de la teoría federalista. De hecho, en México nadie sabe de leyes, sólo de objetivos, sofismas y recursos jurídicos.

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// José Francisco Villarreal

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Autor: stafflostubos
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