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Desestima Sala Monterrey del TEPJF queja de Adrián de la Garza

La Sala Monterrey del TEPJF desechó anoche una queja interpuesta por el candidato de la Coalición Fuerza y Corazón por Nuevo León a la alcaldía regia, Adrián de la Garza Santos en contra del Tribunal Estatal Electoral, en el sentido de que Mariana Rodríguez Cantú y M , buscaban retrasar el resultado de elección.

Así, validó la Sala Regional del que el TEE haya optado por un cambio en la situación jurídica de la queja de MC y de Mariana Rodríguez Cantú para interponer más recursos de quejas sobre elección y nutrirlas como demandar a la AEI y a la Fiscalía argumentando que trabajaron para De la Garza en día de la elección.

El pasado fin de semana, con dos votos a favor y uno en contra, el Tribunal Electoral del Estado (TEE) revocó el acuerdo por el cual se cerró el expediente con las impugnaciones a la elección de Monterrey.

Los magistrados resolvieron el recurso de reconsideración presentado por Movimiento Ciudadano, proyecto que fue presentado por el secretario en funciones, el magistrado Fernando Galindo.

En el recurso MC  y la ex candidata Mariana Rodríguez denuncian que se intervino a favor de Adrián de la Garza, postulado por la Alianza Fuerza y Corazón por Nuevo León conformada por el PAN-PRI-PRD, presionando a los electores, para favorecerlo con el voto, por ello solicitan que se anule la elección del pasado junio.

Galindo detalló «el partido actor aduce sustancialmente que existe una omisión a cargo del magistrado instructor de proveer sobre una solicitud que le formuló dentro del expediente JI-138/2024 y acumulados en relación con la forma en que debía solicitarse el desahogo de una prueba documental vía informe y además, a su consideración no existe impedimento para que la Fiscalía rindiera el informe requerido.

También anoche, ratifico el triunfo de la  Coalición Fuerza y Corazón por México en el Distrito XI Federal.

En el SM-JIN-135/2024 y acumulados, relativo al distrito 11 con cabecera en Guadalupe, Nuevo León, se acreditaron errores aritméticos al cargar los resultados individuales en el cómputo de 12 casillas, en 7 quedó demostrado el error o dolo en el cómputo de votos que fueron objeto de recuento, en tanto que se anularon 6 casillas más por demostrarse que personas que se desempeñaron como funcionarias de mesas directivas no se encontraban en la lista nominal de la sección electoral o bien, que fueron registradas como representantes de partido.

En el caso, aun cuando hubo un ajuste en el cómputo por la nulidad de dichos centros de votación, la suma final arrojada no dio un cambio en la fórmula ganadora, a cargo de la candidatura postulada por la Coalición Fuerza y Corazón por México, que encabeza Oliverio Tijerina.

Fuente:

// Con información de El Porvenir

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: lostubos
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