Luego de que la Comisión de Desarrollo Social, Derechos Humanos y Asuntos Indígenas del Congreso local no ha atendido el amparo que le concedió un juez de distrito para removerla de su cargo, Hernán Genaro Theriot Gutiérrez, aspirante a contender por la titularidad de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), buscó insistir ante el Legislativo para quitar a Olga Susana Méndez Arellano del cargo. Hasta ahora la funcionara preside la comisión ilegalmente.
La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León como la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos establecen que la persona titular de este organismo deberá elegirse por el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la legislatura (es decir 28 votos). La Comisión correspondiente en el Congreso (la de Derechos Humanos) procederá a realizar una auscultación entre organizaciones sociales representativas de los distintos sectores de la sociedad, así como entre organismos públicos y privados promotores de derechos humanos, esto mediante convocatoria pública publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León.
Sin embargo, no hubo convocatoria pública, no hubo auscultación entre los diversos organismos, no hubo publicación en el Periódico Oficial del Estado y se violó todo el proceso de ley, el Congreso del Estado no logró los 28 votos, si no 25 solamente, no obstante, ante todas estas irregularidades se reeligió a Olga Susana Méndez por otro período de cuatro años como presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos. La misma ley establece que la persona titular podría reelegirse (que es el caso de Olga Susana Méndez), sin embargo, la ley misma establece que en este caso debe cumplirse con el proceso, lo cual no sucedió.
Por lo anterior, el ciudadano Hernán Genaro Theriot Gutiérrez se amparó (expediente 1395/2024) argumentando que sus derechos fueron violados toda vez que él, mediante convocatoria, quería participar, su amparo recayó en el Juzgado Cuarto en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, ante este hecho mediante un recurso de queja la autoridad judicial le otorgó una suspensión provisional desde el pasado 6 de enero de 2025.
Desde el 22 de enero se requirió al Congreso para que en un término de 24 horas acreditaran el cumplimiento de la suspensión provisional, posteriormente el 24 de enero el Congreso hace del conocimiento a la autoridad judicial que está haciendo todas las gestiones necesarias para dar cumplimiento a la sentencia, incluso manifestó el Congreso que el 29 de enero de 2025 se llevaría a cabo la sesión extraordinaria de la Comisión Permanente con la finalidad de acatar lo determinado por la autoridad judicial, si esto no se realizó también el Congreso estaría recayendo en una ilegalidad.
El 6 de febrero del año en curso el Juzgado dictaminó que se concede un término de 24 horas a las autoridades responsables para que acrediten el cumplimiento de la suspensión provisional otorgada a Hernán Genaro Theriot, por lo cual Olga Susana Méndez no debería estar en el cargo.
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