El ministro Irving Espinosa Betanzo detalló que esta atribución corresponde exclusivamente a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a los artículos 74 y 79 de la Constitución.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la acción que pretendía realizar la Auditoría Superior del Estado (ASE) de Guerrero para conocer el destino de 898.6 millones de pesos que el gobierno federal entregó al municipio de Acapulco que encabeza la alcaldesa con licencia, Abelina López Rodríguez; publica MILENIO.
Pese al fallo, el Pleno dejó claro que esto no impide que las autoridades competentescontinúen con la investigación.
¿Por qué se invalidó?
El ministro Arístides Guerrero García, ponente del caso, dijo que su propuesta de invalidar la auditoría local únicamente tiene que ver con un asunto de competencias, por lo que no se está eximiendo a las autoridades municipales.
“El proyecto propone declarar la invalidez del informe individual de auditoría impugnado, así como del oficio ASE 1380/2025. Es, insisto, un tema de precedentes, es un tema de competencia, hay que señalarlo también en la propuesta del proyecto, no se exime ningún tipo de fiscalización de los recursos federales de por parte del municipio actor, ni se pronuncia sobre el fondo de su manejo, resuelve únicamente cuál es la autoridad constitucionalmente competente para revisarlos, en ese sentido, es la Auditoría Superior de la Federación la que cuenta con la competencia y mantiene a salvo las facultades para llevar a cabo cualquier tipo de fiscalización”.
Al respecto, el ministro Irving Espinosa Betanzo subrayó que la invalidez de los actos impugnados en la presente controversia no debe interpretarse como un impedimento para que las autoridades competentes continúen ejerciendo sus atribuciones de control, investigación y determinación de responsabilidades.
“La conclusión relativa a la falta de competencia de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero para realizar la auditoría impugnada no prejuzga sobre la existencia o inexistencia de irregularidades en el uso y afeccionar un recursos asignados al municipio de Acapulco de Guerrero durante el ejercicio 2023, ni impide que las autoridades que sí cuentan con atribuciones legales puedan realizar las actuaciones que estimen conducentes”.
Enfatizó que mientras no prescriban las probables irregularidades, las autoridades federales podrán investigar.
“Desde esa perspectiva, resulta importante hacer énfasis en que mientras no prescriban las posibles conductas irregulares relacionadas con la aplicación de los recursos federales, las autoridades competentes conservan íntegramente sus facultades para ejercer las atribuciones previstas conforme a la normativa de la materia”.
ASE, sin facultades para auditar
En el proyecto aprobado se menciona que la ASE no tiene facultades para auditar los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN).
Detalla que esta atribución corresponde exclusivamente a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a los artículos 74 y 79 de la Constitución.
“Un órgano de fiscalización local no tiene atribuciones para fiscalizar la totalidad de los recursos asignados y ejercidos por los entes fiscalizables locales.
“De manera más precisa: las aportaciones federales se encuentran excluidas de dicha facultad porque tales recursos tienen como finalidad el fortalecimiento de las haciendas locales y municipales mediante la provisión de recursos federales en apoyo a actividades específicas, mismas que sirven de complemento a las participaciones federales, pero con una naturaleza distinta”, detalla el proyecto aprobado.
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