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Jueza Federal de California ordena suspensión de fusión entre Paramount y Warner Bros

Un juez federal ordenó este lunes la suspensión temporal de la fusión entre Paramount y Warner Bros., luego de que una coalición de 12 estados argumentó que la operación violaría las leyes antimonopolio al reducir la competencia, elevar precios y disminuir la oferta de películas y programas de televisión; informó SPR.

La jueza Araceli Martínez-Olguín emitió una orden de restricción por 14 días, tras escuchar los argumentos de ambas partes. Paramount ya había acordado no concretar la operación antes del 22 de julio, mientras los estados buscan frenar la fusión hasta que se resuelva el caso.

La suspensión podría extenderse hasta 28 días. Además, la jueza fijó para el 3 de agosto la audiencia sobre la solicitud de una medida cautelar preliminar, aunque la fecha podría modificarse por acuerdo entre las partes.

El fiscal general de California, Rob Bonta, celebró la decisión judicial y la calificó como una «primera victoria crucial» para impedir que la fusión se concrete.

En los casos antimonopolio, una orden judicial suele ser determinante: si se concede, las operaciones frecuentemente se cancelan antes de llegar a juicio; si se niega, las fusiones suelen concretarse y después son difíciles de revertir.

Paramount solicitó una audiencia con testigos y espera una resolución a principios de septiembre. Si la operación no se cierra antes del 30 de ese mes, la empresa comenzará a pagar millones de dólares diarios a los inversionistas de Warner Bros.

Durante la audiencia del viernes, la jueza Araceli Martínez-Olguín adelantó que una suspensión temporal no representaría un perjuicio para Paramount. Incluso, la compañía ofreció aplazar el cierre de la transacción hasta por 30 días mientras se resuelve la solicitud de la medida cautelar.

Los estados sostienen que la fusión afectará la competencia en los mercados de televisión por cable y cine, al unir a dos de las tres principales programadoras de cable y a dos de las cinco mayores distribuidoras de películas. En respuesta, Paramount argumenta que la entrada de estudios como A24 y Amazon MGM demuestra que el mercado cinematográfico es más competitivo de lo que señalan los demandantes.

La empresa también afirma que el mercado de la televisión por cable está en declive, por lo que considera que las estimaciones de concentración presentadas por los estados no reflejan la realidad.

Además, Paramount sostiene que la fusión fortalecería su posición frente a gigantes del streaming como Netflix y Amazon. Sin embargo, la jueza Araceli Martínez-Olguín rechazó ese argumento al señalar que las posibles eficiencias en el mercado del streaming no compensan los daños a la competencia en otros sectores.

LA CONCLUSIÓN DEL TRIBUNAL ORDENA LO SIGUIENTE 

Por las razones expuestas, el Tribunal CONCEDE la solicitud de los estados demandantes para emitir una orden de restricción temporal (TRO, por sus siglas en inglés). Debido a que los estados demandantes plantean cuestiones sustanciales sobre el fondo de su reclamación conforme a la Ley Clayton, y porque el equilibrio de los intereses y el interés público se inclinan claramente a su favor, el Tribunal concluye que el interés público justifica conceder la orden de restricción temporal para suspender la fusión de manera provisional.

El Tribunal ordena lo siguiente:

  • Se prohíbe temporalmente a los demandados cerrar o consumar la transacción, así como realizar cualquier acción, directa o indirecta, para integrar o consolidar sus operaciones conforme a dicha transacción. Esta orden también aplica a sus agentes, directivos, empleados, abogados y cualquier otra persona que actúe en coordinación o participación con los demandados. 
  • El Tribunal exime a los demandantes del requisito de presentar una garantía previsto en la Regla Federal de Procedimiento Civil 65(c) y en la Regla Local 65-1, al considerar que los estados demandantes promovieron la demanda para proteger importantes intereses públicos. 
  • Esta orden permanecerá vigente durante 14 días. Conforme a la Regla Federal de Procedimiento Civil 65(b)(2), una orden de restricción temporal expira, a más tardar, 14 días después de su emisión, salvo que el Tribunal la prorrogue por causa justificada. En consecuencia, se establece el siguiente calendario:
    • 23 de julio de 2026: fecha límite para que los estados demandantes presenten su solicitud de medida cautelar preliminar.  
    • 27 de julio de 2026: fecha límite para que los demandados presenten su escrito de oposición. 
    • 30 de julio de 2026: fecha límite para que los demandantes presenten su réplica. 
    • 31 de julio de 2026: fecha límite para que las partes presenten conjuntamente una propuesta de orden sobre el tratamiento confidencial de documentos (sealing motion). 
    • 3 de agosto de 2026, a las 15:00 horas, en Oakland:audiencia sobre la solicitud de medida cautelar preliminar. 
  • Las partes podrán acordar una ampliación del calendario procesal y una nueva fecha para la audiencia, siempre que también acuerden mantener vigente la orden de restricción temporal hasta esa nueva fecha. 
  • El Tribunal ordena a las partes preparar una propuesta conjunta que reúna, en un solo cuadro, todos los documentos o las partes de documentos cuya confidencialidad solicitan mantener mediante el procedimiento de sellado.

Foto portada: SPR

https://sprinforma.mx/ver/portada/jueza-federal-de-california-ordena-suspension-de-fusion-entre-paramount-y-warner-bros

Fuente:

// Con información de SPR

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: lostubos
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