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Meta podrá ser demandada vía amparo en México por posibles violaciones a derechos humanos

Por primera vez en México, este viernes un tribunal federal abrió la puerta para demandar, vía amparo, a plataformas digitales por violar derechos humanos como la libertad de expresión, tras concluir que Meta puede ser equiparable a una autoridad tal como un gobierno o una secretaría de Estado; informa MILENIO.

Al igual que en Estados Unidos o la Unión Europea, nuestro país ya entró a la escena de las peleas judiciales contra las grandes plataformas digitales como Meta y Google, por el uso de la imagen, la libertad de expresión y la protección de menores.

En menos de un año, tres litigios han puesto bajo el escrutinio de los tribunales la posible responsabilidad de redes sociales como Facebook o Instagram respecto a los derechos humanos y su impacto en las personas de a pie.

Un cuarto caso, sobre Google, se encuentra estancado en tribunales, pues involucra una indemnización. El asunto llegó a la Suprema Corte de Justicia (SCJN) y está en manos del ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz.

Llevarlos ante el Poder Judicial en México no fue sencillo, pues se ha tenido que superar una serie de obstáculos legales para conseguir que los jueces aceptaran examinar el comportamiento de las compañías tecnológicas más poderosas del mundo.

El precedente: Meta es declarada ‘autoridad equiparada’ en México

El caso más reciente es el de Felipe López Maya, un abogado especialista en redes sociales cuya cuenta de Facebook fue inhabilitada el 1 de julio sin que Meta le informara una causa específica, publicación concreta o norma infringida.

Tras no poder recuperar su red social, emprendió una batalla legal contra la empresa liderada por Mark Zuckerberg, alegando violaciones a sus derechos humanos, en particular su libertad de expresión.

El litigio tuvo un primer tropiezo en un juzgado federal del Estado de México, pues un juez desechó su demanda de amparo tras alegar que no se podía considerar que Meta sea una autoridad que pueda ser demandada por esta vía.

A través de una queja contra dicha resolución, tocó a un tribunal colegiado analizar el caso y votar un proyecto del magistrado Isidro Muñoz Acevedo en el que, de forma inédita, se propuso poner al nivel de un gobierno o una dependencia federal o local a la compañía de Zuckerberg.

La propuesta fue votada por unanimidad el 18 de septiembre y se consideró que las redes sociales constituyen una vía de expansión de la libertad de expresión, en tanto “nueva plaza pública” donde se plantean y discuten los temas de interés general, por lo que el ejercicio de los derechos humanos se practica tanto como se hace en el mundo real.

“Este foro, plaza o mercado de ideas digital no sólo promueve y potencializa la libertad de expresión, entre otros efectos, sino que impacta en el fomento de valores democráticos. De ahí que estos espacios no pueden ni deben ser ajenos al Derecho Constitucional y, por ende, es indispensable la intervención del Estado en los casos en que se violenten derechos a los usuarios de la red.

“Este Tribunal estima que Meta sí es susceptible de adquirir la naturaleza de autoridad equiparada para efectos del juicio de amparo. Meta sí tiene el carácter de autoridad equipada, no sólo porque emplea potestades o funciones normativas de relevancia pública en un foro público digital, incidiendo en derechos humanos de la persona quejosa, de manera unilateral y en una relación de supra a subordinación, sino también porque este tipo de reclamos son ajenos a la jurisdicción de los tribunales ordinarios”, explicaron los magistrados.

Pero la batalla apenas comienza. Con esta decisión, el juez deberá aceptar revisar la demanda de amparo promovida por López Maya y, tomando como base la tesis del tribunal colegiado, valorar en los próximos meses si Meta, al cancelar la cuenta de Facebook, violó los derechos humanos del abogado.

Este asunto va de la mano con otro caso que llegó al mismo tribunal del Estado de México y que, incluso, pasó desapercibido en la Suprema Corte.

De la censura política a la protección de menores: los frentes judiciales contra Silicon Valley

Un padre de familia buscó desde el año pasado un amparo contra Meta, pues se viralizó en Facebook e Instagram una imagen de su hija de 14 años sin algún tipo de autorización y a través de un perfil vinculado con la comercialización de fotografías eróticas; reporta MILENIO.

Al comienzo del pleito judicial, el Juzgado Decimotercero de Distrito del Estado de México rechazó analizar el asunto; sin embargo, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito ordenó reabrir el juicio e involucrar directamente a Facebook e Instagram al tratarse de una menor de edad.

Se alegó que el derecho a la libertad de expresión y de pensamiento no es absoluto, sino que se limita a no afectar la dignidad, honorabilidad y fama pública de una persona, por lo que, si la empresa permite la difusión de contenido que vulnera los derechos de la adolescente y se niega a eliminarlo, ejerce un poder de facto, por lo que se convierte en autoridad responsable.

“El auto recurrido es contrario a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, porque se usa de forma ilegal la imagen de la menor en una página que comercializa pornografía, por lo que el juez tiene la obligación constitucional de proteger y privilegiar los derechos de la menor, pues ha sido infructuosa la solicitud extrajudicial de eliminación de imágenes por parte de la persona moral responsable.

“La persona juzgadora del conocimiento debe allegarse de los elementos probatorios y analizarlos debidamente a fin de determinar si efectivamente existe alguna incidencia en los derechos de la menor de edad”, se determinó.

También, los magistrados explicaron que hay problemas relevantes respecto a la “gobernanza del internet”, debido a la aplicación irregular de las condiciones de servicio de las plataformas digitales, al grado tal que se ha llegado a estimar que “las plataformas más populares del mundo no responden adecuadamente a las necesidades e intereses de los grupos vulnerables”.

Este asunto fue conocido por los ministros de la actual integración de la Suprema Corte en febrero de este año, ya que parecía que existía una contradicción de sentencias entre el tribunal mexiquense que ordenó revisar el caso de la menor de edad y otro de Veracruz que rechazó que fuera aceptada en un juzgado una demanda impulsada por un hombre cuya fotografía fue publicada en el perfil de una organización no gubernamental sin su consentimiento. La SCJN no halló contradicciones y, por tanto, no profundizó en el tema.

Un tercer caso es el que actualmente está revisando un juzgado de la Ciudad de México y que involucra el cierre del Facebook, Instagram y otras cuentas vinculadas del activista Miguel Alfonso Meza, quien en ellas denunciaba las relaciones de políticos de diversos partidos con el crimen organizado; señala MILENIO.

Hugo Aguilar, ministro presidente de la SCJN. | Foto: Araceli López

El juez Francisco Rebolledo aceptó el 4 de septiembre la demanda de amparo presentada por Meza y concedió una suspensión provisional fijando un plazo de 24 horas para reactivar las redes inhabilitadas por Meta, resolución que podría ser confirmada o revocada esta semana.

“La medida cautelar que se concede evita que la parte quejosa sufra una afectación que pueda ser de imposible reparación, dado que no existiría la posibilidad de restituir al hoy quejoso en la garantía individual violada en su perjuicio (libertad de expresión), cuando esta violación se cometió de manera irreparable”, expone el resolutivo.
Pero Google también se ha visto involucrado en este tipo de juicios; el más relevante llegó hasta la Suprema Corte y está en espera de ser resuelto por el pleno bajo la ponencia del ministro presidente, Hugo Aguilar.

Se trata de la sentencia que condena a Google a pagar casi 5 mil millones de pesos por daño moral al abogado Ulrich Richter, asunto que llegó al máximo tribunal en 2023, pero ya no pudo ser resuelto por la anterior integración.

Las y los ministros deberán poner bajo la lupa la sentencia que en junio de 2022 dictó la Octava Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y en la que se declaró a la empresa internacional como responsable de daño moral por mantener el acceso a un blog que difama al litigante.

De esta forma, será en los próximos meses cuando desde juzgados, tribunales y la propia Corte se defina una ruta a seguir a través de sentencias respecto a las responsabilidades civil y moral ante posibles violaciones a los derechos humanos como la libertad de expresión o la propia imagen por parte de los gigantes tecnológicos.

Foto portada: MILENIO

Fuente:

// Con información de Milenio

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: lostubos
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