A 19 días de que se anunciado el adelanto de las precampañas en Nuevo León, este miércoles, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó el acuerdo.
Lo anterior debido a que el Instituto Nacional Electoral no consulto a los órganos electorales.
Incluso los magistrados en su resolución señalaron que no se justificó debidamente las razones por la que se hizo esta modificación.
Por tal motivo, el acuerdo del INE quedo sin efecto, lo que obliga que a que el consejo del órgano electoral vuelva a emitir uno nuevo.
Incluso pudiera ser en el mismo sentido, pero tomando en consideración a los órganos electorales de los estados de Aguascalientes, Chiapas, Nuevo León y Coahuila, a quienes les había establecido como fecha única de conclusión de las precampañas el 8 de enero.
«El INE no justificó debidamente la urgencia para optar por el procedimiento expedito de atracción, previsto en el artículo 64 del Reglamento de Elecciones«.
«El INE no fundamentó ni motivó la decisión de atracción que le permitía establecer una fecha única para la conclusión de estas precampañas, modificando las establecidas por los organismos electorales de cada estado», señalo la Sala Superior.
Tras escuchar la resolución y someter a votación el dictamen con la revocación este fue avalado con cuatro de los siete magistrados de la Sala.
La revocación del acuerdo del INE se aprobó con el voto a favor de, que modificaron la propuesta inicial de la magistrada ponente, Janine Otálora, de declarar improcedente los reclamos del PRI en un recurso de apelación que promovió contra lo establecido por el Consejo argumentado que no se le había dado la garantía de audiencia.