Se aprobó en lo general y en lo particular en el Senado de la República el reconocimiento a los derechos laborales y sociales de las personas trabajadoras del hogar.
Por unanimidad con 112 votos, se avaló el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y se derogan diversas disposiciones de las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social en materia de personas trabajadoras del hogar.
Ahora, el dictamen se mandará a la Cámara de Diputados para su análisis, debate y aprobación.
¿Qué plantea lo avalado?
Lo que avalaron los senadores es que las personas trabajadoras del hogar que residan en el domicilio donde realicen sus actividades deberán disfrutar de un descanso mínimo diario nocturno de nueve horas consecutivas, y de un descanso mínimo diario de tres horas entre las actividades matutinas y vespertinas.
Ello, sin que la jornada diaria diurna se pueda exceder de las ocho horas diarias establecidas en la presente ley.
“Cuando se excedan las horas establecidas en la Ley para cada tipo de jornada, deberán considerarse como horas extras. Las personas empleadoras garantizarán en todos los casos los alimentos para las personas trabajadoras del hogar. En aquellos casos en los que la persona trabajadora resida en el domicilio donde realicen sus actividades les será garantizada además de los alimentos, la habitación”.
¿En cuanto a sus prestaciones?
De acuerdo con las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley del Seguro Social, las personas trabajadoras tendrán estas prestaciones:
* Vacaciones.
* Prima vacacional.
* Pago de días de descanso.
* Acceso obligatorio a la seguridad social.
* Aguinaldo.
* Cualquier otra prestación que se pudieren pactar entre las partes.
Su salario
Se plantea que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fije los salarios mínimos profesionales que se deberán pagar a las personas trabajadoras del hogar.
Se establece que en ningún caso podrá ser “menor a dos salarios mínimos vigentes”.
Quienes trabajen en el hogar tienen derecho a un descanso semanal de día y medio ininterrumpido, preferiblemente en sábado y domingo.
Menores de 15 años, no
Queda prohibido el trabajo del hogar a menores de 15 años… los mayores de este rango de edad, solo podrán laborar seis horas diarias, es decir, 36 a la semana.
Asimismo, deben tener como mínima educación secundaria, quienes también se harán acreedores a las prestaciones planteadas.
El presidente del Senado, Martí Batres, felicitó a las personas trabajadoras del hogar, así como a los legisladores por la histórica aprobación de esa reforma.
Foto propiedad de: Isaac Esquivel/Cuartoscuro