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Fuero militar no puede castigar crímenes contra civiles: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó que el fuero militar no puede castigar los crímenes que sus elementos perpetran en contra de los civiles, ello al resolver un juicio de amparo interpuesto por un integrante de la Secretaría de la Marina-Armada de México (Semar) a quien se acusó de acoso sexual.

La Segunda Sala de la SCJN interpretó el Artículo 13 de la Constitución Política indicando que los tribunales disciplinarios de las Fuerzas Armadas mexicanas efectivamente “carecen de competencia” para dar seguimiento a los procedimientos por faltas a la disciplina contra sus integrantes en los que también se involucran a civiles.

Con base en el proyecto aprobado por el ministro Javier Laynez Potisek, el fuero militar es incompetente para conocer no sólo sobre la comisión de delitos de sus integrantes, sino por aquellas acciones que no tienen consecuencia penales –faltas-, detalla El Economista.

La resolución surgió a partir del análisis del caso contra a un Maestre del Servicio de Sanidad Naval identificado como Julio César ‘N’, quien era el responsable de apoyar al reclutamiento de personal civil y el traslado de los aspirantes para que se les practicasen pruebas médicas en 2016.

En 2017, el Comandante de la Unidad de Operaciones Especiales de la Armada de México, ordenó que se conformara una Comisión Inspectora para indagar la conducta del Maestre y una aspirante a ingresar a la Semar, dado que existían indicios respecto a acoso sexual.

Según el diario La Jornada, mediante una votación dividida de tres contra dos, la Segunda Sala de la SCJN le otorgó el amparo al integrante de la Semar, quien fue acusado por la civil de “solicitar favores sexuales” a cambio de que le ayudara a pasar el examen médico para que ingresara a la corporación militar.

El Maestre fue sancionado por el Consejo de Honoro Superior de la Armada y el marino promovió un amparo para que la Secretaría de la Función Pública (SFP) lo revisara y así, accediera a un sistema que considera le da más oportunidades de defenderse.

La SCJN le concedió el amparo considerando que la Constitución Política estipula que el fuero militar es incompetente y que su personal acusado de delitos penales donde la víctima es un civil, debe ser procesado en tribunales del fuero civil, con lo que se asienta un precedente en la materia.

Fuente:

// SDP

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: stafflostubos
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