Aunque por ley debe sesionar cada tres meses, la Junta de Gobierno del Instituto de Movilidad y Accesibilidad no ha sesionado en lo que va del año y el año anterior lo hizo en lo obscurito, denunció la Asociación del Transporte Público de Pasajeros de Nuevo León.
Mediante un comunicado de prensa, la asociación presidida por Jorge Almaraz indicó que, de acuerdo con la Ley de Movilidad Sostenible y de Accesibilidad para el Estado de Nuevo León, se tenía que convocar a reunión para revisar las tarifas del servicio antes de concluir el pasado mes de marzo. Reiteraron la falta de capacidad de las diferentes rutas para ampliar el servicio en el futuro inmediato.
«Por ley debieran sesionar cada tres meses, pero en lo que va de este año no han sesionado. Debió ser la primera sesión antes del cierre del pasado mes de marzo, aunque fuera vía zoom y el tema principal de la agenda debió de ser lo que está constituido en el artículo 198, que se refiere a la revisión de las tarifas.»
Almaraz indicó que las sesiones del año anterior se realizaron en la discrecionalidad. Pues si bien sesionaron tres veces, siendo la última sesión vía zoom en noviembre pasado, hasta el momento desconocen las minutas y acuerdos.
«La sociedad no puede permitir que se siga violando la ley y no se cumplan las responsabilidades legales de sus autoridades. Violaron la ley del Trasporte anterior al no querer aplicar la fórmula establecida y ahora violan la nueva ley de Movilidad y su reglamento. Como lo hemos advertido antes, les informamos que nuestras capacidades de mejorar el servicio en el futuro inmediato no son viables y esta condición es también consecuencia de la discrecionalidad por parte del gobierno del estado en la aplicación de las leyes que rigen el sistema del transporte público.«
El Artículo 198 del reglamento de la nueva legislación, destacaron, refiere a la letra que las tarifas al usuario de transporte público de pasajeros en todas sus modalidades, incluyendo el SETME (Servicio de Transporte Metropolitano), deben ser revisadas anualmente, durante el primer trimestre del año. En tanto, que el segundo trimestre de cada año, lo Junta de Gobierno debe emitir resolución sobre la determinación del incremento o no de las tarifas.
Solo en casos extraordinarios o de fuerza mayor, el Comité Técnico podrá proponer las tarifas en una fecha distinta a la indicada.