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Congreso determina que resolución que cancelaba el sexto periodo extraordinario fue ilegal

El Congreso de Nuevo León concluyó que la resolución de la Juez Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito que cancelaba el sexto periodo extraordinario fue ilegal, lo que abre la puerta a que los diputados convoquen a otro para resolver diversas iniciativas polémicas; publicó MILENIO.

«La resolución de la juez en cancelar el sexto período extraordinario del Congreso Local es ilegal (…) en la propia resolución recurrida por la Jueza reconoce que existe un impedimento para hacer cumplir la suspensión provisional que fue concedida a la quejosa, en virtud de que ésta fue revocada a través de la ejecutoria dictada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, en el recurso de queja número 178/2022», se lee en un comunicado oficial.

La propia jueza, señaló el Congreso en el escrito oficial, reconoce la legal existencia de dicho impedimento y la materia del incidente en cuestión, quedó agotada al ser ociosa su tramitación en términos de lo dispuesto por el artículo 209 de la Ley de Amparo.

“Artículo 209. Si como resultado del incidente se demuestra que la autoridad responsable no ha cumplido con la suspensión, que lo ha hecho de manera excesiva o defectuosa o que con notoria mala fe o negligencia inexcusable admitió fianza o contrafianza ilusoria o insuficiente, el órgano judicial, en su resolución.

«Es claro que la jueza debió de haber dejado sin materia el incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión, no obstante, en este caso por alto dicha circunstancia y procedió a emitir una resolución que, ella misma, reconoció que no se podía ejecutar», señaló el Legislativo.

Se considera ilegal, expuso el Congreso, la resolución incidental recurrida, toda vez que la jueza presuntamente incumplió con lo dispuesto por el artículo 209 de la Ley de Amparo, al dictar la resolución del incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión; informó MILENIO.

«La jueza jamás requirió a esta Soberanía para que cumpliera con la medida cautelar dentro del plazo aplicable; sino que, prescindiendo de requerir el cumplimiento de la suspensión, ordenó dar vista al agente del Ministerio Público de la Federación para que determine la existencia o no del delito previsto en el artículo 262, fracción III, de la Ley de Amparo conforme a sus atribuciones legales.

«La jueza reconoció que por virtud de la ejecutoria pronunciada en el recurso de queja 178/2022 se resolvió revocar el auto de fecha 03-tres de junio de 2022-dos mil veintidós, y en su lugar negar la suspensión provisional a la parte quejosa», concluyó el Legislativo.

El viernes pasado, el Congreso convocó a un periodo extraordinario para resolver la licencia de Antonio Elosúa, del PAN, a fin de que Mauro Molano tomara su curul por tiempo indefinido.

Sin embargo, de último momento lo cancelaron para analizar la situación jurídica y así no entrar en desacato.

Se espera que esta semana se resuelvan iniciativas polémicas, principalmente del PAN, que tiene que ver con facultades tributarias, revocación de mandato para el gobernador Samuel García, temas del agua, entre otras.

Imagen portada: Jorge López | MILENIO

Fuente:

// Con información de Milenio

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: lostubos
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