En la Cámara de Diputados se propuso una iniciativa que busca otorgar a las mujeres y personas menstruantes que sean trabajadoras la posibilidad de solicitar una incapacidad por menstruación dolorosa hasta por tres días con goce de sueldo, para ello deberán presentar un certificado médico ginecológico previo que acredite la inhabilidad médica temporal que esa condición implique.
La iniciativa fue propuesta por la diputada del Partido Acción Nacional (PAN), Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, y tiene el propósito de que los patrones o jefes jerárquicos estén obligados a otorgar la incapacidad, misma que debe ser renovada de manera mensual en tanto se mantenga la inhabilidad temporal preexistente y que el certificado médico se encuentre vigente, además, dicho certificado tendrá una vigencia máxima de un año desde su expedición.
La iniciativa señala que estará prohibido para el superior jerárquico despedir a la trabajadora menstruante o coaccionarla, ya sea de manera directa o indirectamente con la finalidad de que renuncie por hacer valer su derecho de incapacidad temporal mensual por menstruación.
Esta propuesta plantea adicionar los artículos 132 y 133 de la Ley Federal del Trabajo, así como el 27 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.
De acuerdo con la diputada, el objeto de la iniciativa es uniformar el trato igualitario en ambas leyes respecto a la concesión del permiso laboral temporal a las mujeres y personas menstruantes que presenten algún padecimiento relacionado con dicha condición que las inhabiliten para el cumplimiento efectivo y oportuno de su trabajo.
La iniciativa fue remitida a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, y especifica que a nivel mundial existen cerca de mil 800 millones de mujeres y personas menstruantes, de las cuales, el 10% (190 millones) padecen el síndrome de dismenorrea, lo que provoca periodos menstruales dolorosos, esta cifra corresponde a 190 millones.
¿QUÉ ES LA DISMENORREA?
De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la dismenorrea es un síndrome que provoca dolor durante la menstruación de tipo cólico en la porción inferior del abdomen presente durante al menos 3 ciclos menstruales, su evolución clínica puede variar entre 4 horas hasta 4 días y se clasifica en dismenorrea primaria y secundaria.
La dismenorrea primaria es el dolor menstrual sin patología pélvica con un inicio en los primeros 6 meses después de la primera menstruación; la secundaria es el dolor menstrual asociado a una patología subyacente y su inicio puede ser años después de la menarca.
“El malestar de quienes padecen este síndrome, y pese a los adelantos de la fisiopatología y de la amplia gama de opciones terapéuticas para controlar el dolor, sigue configurándolo como una patología de alto impacto en la calidad de vida de mujeres que lo sufren”, resalta.
La diputada resaltó que esta incapacidad por dolor menstrual ya se aplica en países como Japón, Corea del Sur, Indonesia; Taiwán y España, por ello, resaltó la importancia de brindar a las mujeres y personas menstruantes, de manera legal, una incapacidad de carácter temporal.