La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la por unanimidad el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por el que se determinó la no revisión e identificación de campañas calumniosas automatizadas, que difundan noticias o información falsa en el proceso electoral federal 2023–2024.
El proyecto impugnado por el INE contemplaba también acciones de coordinación con las autoridades federales y las empresas de redes sociales en las que se ha desarrollado una campaña en contra de las acciones realizadas por la gestión del presidente Andrés Manuel López Obrador y la candidata de la coalición “Sigamos Haciendo Historia”, Claudia Sheinbaum.
Una vez inconforme con lo anterior, el partido Morena impugnó el acuerdo al considerar que, en su concepto, el INE tiene la obligación de vigilar que la ciudadanía participe en elecciones libres de desinformación o noticias falsas.
En sesión pública celebrada este 10 de abril, la Sala Superior, presidida por la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, determinó que actualmente existe un andamiaje jurídico a partir del cual las autoridades electorales pueden investigar y sancionar la difusión de propaganda calumniosa, sea o no masiva.
Por su parte, el pleno de la Sala Superior consideró que el INE podrá adoptar diversas medidas cautelares con el fin de suspender o cancelar de manera inmediata los materiales propagandísticos que sean contrarios a la ley, entre los cuales pudieran encontrarse los relacionados con propaganda calumniosa masiva.