Diputados locales votaron, por unanimidad a favor, reformas para la revocación de mandato para el gobernador.
En el decreto se propone la homologación de las bases y principios para realizar las consultas populares y la revocación de mandato, acordes con la Constitución Mexicana, expuso el diputado del PRI, Ricardo Canavati.
«Estos mecanismos de participación ciudadana inciden en una democracia participativa y garantizan el derecho fundamental del pueblo mexicano a la libre decisión de mantener, o en su caso cesar del cargo, tanto al Presidente de la República como a los Gobernadores de las entidades federativas, por el simple hecho de la pérdida de confianza, demos un paso más a una democracia más participativa», señaló.
Se establece en un artículo transitorio que la revocación aplicaría hasta el 5 de octubre del 2025 y sólo se podrá solicitar dentro de los 3 meses posteriores al tercer año de gestión.
¿Qué es la revocación de mandato?
La revocación de mandato del gobernador o gobernadora del Estado es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo a partir de la pérdida de la confianza, y será convocado por la Comisión Estatal Electoral a petición de los ciudadanos en un número equivalente a al menos el 10 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos la mitad más uno de los municipios de la entidad, se establece en el artículo 36 fracción 7.
En una primera vuelta, en diciembre de 2016 se había aprobado la revocación de mandato, pero la dejaron pendiente hasta ahora que se retomó y aprobó.
Para realizar la revocación de mandato al titular del Ejecutivo se necesita que el Congreso local convoque y la Comisión Estatal Electoral (CEE) realice la consulta, y se necesitan recabar firmas del 10 por ciento de la lista nominal, además que tendrá que participar el 40 por ciento de electores.