Con el voto concurrente de tres ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se recomendó en 2020 que el juicio político contra el ex gobernador de Nuevo León y ahora detenido, Jaime Heliodoro «N», por la recolección de firmas para lograr su candidatura presidencial en 2018, debió comenzar en la Cámara de Diputados, para que después el Senado de la República diera el veredicto final y no en el Congreso local; informó MILENIO.
De acuerdo con el documento público de voto concurrente que formuló el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá en la controversia constitucional 310/2019 promovida por Jaime Heliodoro «N» en contra del Congreso de Nuevo León, dado que este Poder comenzó un proceso sancionador y hasta de inhabilitación en su contra, se establecen más de 20 recomendaciones para el Legislativo.
«El procedimiento de responsabilidades contra el titular del Poder Ejecutivo del estado de Nuevo León debió haber comenzado por la acusación respectiva de la Cámara de Diputados y, posteriormente, por la resolución declarativa de la Cámara de Senadores. Ausentes estos elementos, el Congreso local no estaba en condiciones para emitir el acuerdo que contiene las reglas procesales para sancionar al titular del Poder Ejecutivo del estado de Nuevo León», se lee en el documento.
El ministro Alcántara Carrancá consideró que el Congreso local creó un catálogo de sanciones (apercibimiento, amonestación, multa, destitución y/o inhabilitación) que no corresponden a las previstas en el Artículo 110 de la Constitución federal, para el caso de un juicio político (destitución e inhabilitación de servidores públicos).
«En mi opinión, los anteriores elementos resultaban suficientes para evaluar la actuación del Congreso local y establecer que resultaba una actuación arbitraria que afectó de manera indebida el funcionamiento del Poder Ejecutivo del estado de Nuevo León
«El Congreso local creó un procedimiento especial para sancionar al titular del Poder Ejecutivo local, en lugar de apegarse al sistema de responsabilidad contemplado a nivel constitucional», determinó Alcántara Carrancá.
También consideró novedoso el procedimiento del Congreso local, pues no se ajusta al juicio político previsto en los artículos 109 y 110 de la Constitución federal, al tratarse de una vulneración al párrafo séptimo del Artículo 134 constitucional, «así como la violación de normas federales, en tanto se trató de la obtención del registro para ser candidato a Presidente de la República, se debió señalar que lo procedente era el juicio político previsto en la Constitución Federal».
El máximo órgano de justicia del país dio la razón a Jaime Heliodoro “N” y a quien fuera el gobernador interino en 2018, Manuel González, y ordenó al Congreso local iniciar de nueva cuenta el proceso de la sanción, pero respetando el marco jurídico que establece la Constitución.
Fuentes consultadas por la plataforma MILENIO-Multimedios dijeron que jurídicamente es viable reiniciar este proceso, sin embargo, dado que el ex gobernador está en prisión por el caso, podría interpretarse como una “revancha” política.
No obstante, abogados consultados refieren que la sanción ya no procedería porque el involucrado ya no es funcionario público; comunicó MILENIO.
Imagen portada: L. Rocha | MILENIO