La difusión de la nota diplomática para la solicitud de extradición de Karime Macías Tubilla favorece la rendición de cuentas a la sociedad, pues una sociedad informada cuenta con capacidad para evaluar el manejo de las finanzas públicas o detectar si existen malos manejos a fin de denunciarlos, aseguró la comisionada de Transparencia, Blanca Lilia Ibarra Cadena.
Por ello, la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá entregar la versión pública de la nota diplomática a través de la cual se formuló la solicitud de detención provisional con fines de extradición de la esposa del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte, quien fue sentenciado por lavado de dinero y asociación delictuosa.
“Cualquier persona, al hacer uso del derecho a la información, cuenta con herramientas para conocer el desempeño de las autoridades en el ejercicio de sus atribuciones y exigir que se cumplan con los principios constitucionales inherentes al desempeño de sus cargos”.
La comisionada del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales destacó que en concordancia con la ley federal en la materia se realizó una prueba de interés público con base en elementos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, por la posible colisión de derechos de acceso a la información y protección de datos personales relacionados con Karime Macías.
En la ponderación realizada, expuso, se cumplen los tres elementos de procedencia para dotar de preminencia al derecho de acceso a la información sobre la protección del pronunciamiento de si existe o no una solicitud de extradición de Karime Macías, quien se desempeñó como presidenta del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, en el estado de Veracruz.
Al realizar una búsqueda de información pública, expuso, se desprendió que Karime Macías se desempeñó como presidenta del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, ente que operaba distintos programas, cuyos recursos procedieron, entre otras fuentes, de fondos estatales y federales.
Además, se localizó una orden de aprensión girada en su contra por un juez de lo penal de Veracruz por el delito de fraude específico cometido en perjuicio del patrimonio del gobierno del estado.
“Concluimos que la difusión de la información solicitada favorece la rendición de cuentas a la sociedad, de manera que puedan valorar el desempeño de las autoridades mexicanas que han participado en la solicitud de extradición de la persona de mérito”, subrayó la comisionada en un comunicado.
Por ello, el pleno de INAI, por unanimidad, revocó la respuesta de la SRE para que proporcione la versión pública de dicha nota diplomática, y deberá emitir y notificar al recurrente, una resolución debidamente fundada y motivada por virtud de la cual confirme la reserva, por un periodo de cinco años, de los hechos que se le imputan a la persona requerida.
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