La suspensión busca revisar a detalle si se lleva acabo el programa PROAIRE dentro de la refinería.
Por unanimidad de votos, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito del Poder Judicial de la Federación amplió la suspensión provisional derivado de un recurso de queja presentado por el alcalde de San Pedro, Miguel Treviño, y el regidor Javier Alcántara, con el fin de que la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) inspeccione si la refinería de Cadereyta lleva acabo el programa PROAIRE; informó MILENIO.
En sesión extraordinaria, David Prospero Cardoso Hermosillo, presidente del Tribunal, dijo que dentro del recurso de queja 187/2023, se propuso ampliar la suspensión para que la ASEA no solamente verifique si se cumplieron las normas oficiales, sino también verifique si efectivamente se están llevando a cabo las acciones previstas en el programa de gestión correspondiente.
“Se propone declarar parcialmente fundado el recurso de queja. Los quejosos solicitan la suspensión para que se realicen ciertas acciones de las autoridades por parte de Pemex para evitar la emisión de contaminantes”, dijo el ponente.
Entrevistado vía telefónica, Javier González Alcántara, regidor del Cabildo sampetrino, dijo que la ASEA debe revisar a detalle si se lleva acabo el programa PROAIRE.
Detalló que son instrumentos de gestión de la calidad del aire que establecen medidas y acciones a corto, mediano y largo plazo, para prevenir y revertir las tendencias del deterioro de la calidad del aire en una región determinada o entidad federativa.
Y que responden a la necesidad de los estados de contar con un instrumento de carácter preventivo y/o correctivo en materia de calidad del aire y protección a la salud, así como para dar cumplimiento al marco jurídico aplicable.
“En primera instancia vimos como muy buena noticia el hecho de qué nos aceptaran la suspensión provisional para el efecto de inspeccionar e informar al juzgado el cumplimiento que tiene la refinería de Cadereyta respecto a las normas ambientales.
“Creíamos que el tema que es la salud pública es un daño inminente en el medio ambiente, por eso amerita un poquito más, presentamos un recurso de queja al Tribunal solicitando que se ampliara la suspensión y se tomaran en cuenta otros criterios, hoy con la buena noticia de qué el tribunal segundo en materia administrativa consideró fundados nuestros argumentos y nos amplía la suspensión ya no solamente para qué inspeccione las normas, sino que también el cumplimiento respecto del programa pro aire, es un programa amplio que establece medidas de procesos y modernización para la refinería de Cadereyta”, apuntó González Alcántara.
Sobre los alcances de la ampliación de la suspensión, se informó que la refinería debe mantener la relación de uso de gas combustible en sustitución de combustóleo en calderas y calentadores.
Es decir, utilizar gas combustible en las cinco calderas para generación de vapor de media baja presión en planta de fuera, así como en 34 calentadores en plantas de proceso.
Otra de ellas es mantener en operación los quemadores de alta eficiencia en calderas y calentadores, lo que quiere decir que deben operar tres calderas para la generación de vapor de alta presión en planta de fuerza con quemadores de alta eficiencia.
Una más es ejecutar el programa de mantenimiento preventivo en calderas y calentadores para garantizar el cumplimiento de acuerdo a la norma NOM-08-SEMARNAT-2011, es decir, brindar mantenimiento preventivo a las calderas y calentadores para su adecuado operación y mantener bajo concentración de emisiones contaminantes.
También se debe ejecutar el programa de mantenimiento de las plantas de azufre para garantizar el cumplimiento de la norma citada, es decir, dar mantenimiento preventivo a las plantas de recuperación de azufre para mantener adecuada operación y su porcentaje de recuperación de S02 mayor establecido en la norma.
Realizar la ejecución efectiva del subsistema de administración ambiental, es decir, llevar a cabo la ejecución efectiva de subsistema de administración ambiental en todas las plantas de la refinería.
Por último, realizar monitoreo de calidad del aire en la zona de influencia de la refinería, para evitar el cumplimiento con las normas en materia de salud ambiental.
Hace dos semanas una juez federal de Nuevo León otorgó una suspensión provisional de amparo en favor del alcalde de San Pedro Garza García, Miguel Treviño de Hoyos, para obligar a la refinería de Pemex de Cadereyta a implementar acciones inmediatas para disminuir sus emisiones contaminantes.
Imagen portada: Leonel Rocha | MILENIO