El Tercer Tribunal Colegiado de Circuito en Nuevo León emitió la primera suspensión de amparo contra la obligación de presentar la 3 de 3 de los proveedores de Gobierno, a un grupo de empresas clientes de COEL Abogados.
Al resolver los expedientes de queja 218/2019 y 195/2019, otorgó esta primera suspensión de amparo a un grupo de empresas proveedoras de Gobierno para que no presenten su declaración 3 de 3, según publica el despacho jurídico COEL a través de sus redes sociales.
La iniciativa “3de3” busca reconstruir la confianza ciudadana a través de la publicación de la declaración patrimonial, de intereses y fiscal, como muestra del compromiso con la transparencia y rendición de cuentas. Sin embargo, con la decisión de los jueces, se inhabilita la aplicación del artículo 32 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Nuevo León.
Los Magistrados consideraron que las empresas acreditaron el interés para el otorgamiento del amparo, además de que se acreditaron los perjuicios que pudiesen ocasionarse. Esto podría llevar a considerar, desde el punto de vista legal, que la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León es violatoria de los derechos de los particulares. De afirmarse este argumento, la ley dejaría de ser útil al principio de transparencia que pretende afirmar.