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Tribunal Estatal Electoral impone multa a Colosio

Por actos anticipados de campañas, el candidato a la alcaldía de Monterrey por Movimiento Ciudadano, Luis Donaldo Colosio fue multado con 34 mil pesos. Por mayoría de votos, los magistrados del Tribunal Estatal Electoral, consideraron que el aspirante emecista sí incurrió en esta falta al publicar un video en sus redes sociales el pasado 25 de enero. En dicha publicación, Colosio Riojas confirmó que iría con Movimiento Ciudadano tras una polémica que enfrentó sobre su futuro político.

Al exponer el asunto ante el pleno y durante el debate, el magistrado Jesús Eduardo Bautista Peña, consideró que el candidato de MC a la alcaldía de la capital del estado de Nuevo León buscó generar apoyo y empatía de manera anticipada con la publicación de su video, la magistrada presidenta Claudia Patricia de la Garza Ramos se opuso al veredicto.

«Se declara existente la violación objeto de la denuncia relativa a la comisión de actos anticipados de campaña en contra de Luis Donaldo Colosio Riojas, por lo que se le sanciona con una multa de 400 UMAS ordenando girar oficio a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado para que haga efectivo, de manera individualizada, el cobro del crédito fiscal al ciudadano referido por la cantidad de 34 mil 752 pesos en los términos del considerando 7 de esta resolución.»

«La ponencia propone declarar existente la falta objeto de controversia, ya que del contexto íntegro de la publicación denunciada se desprende que de manera equivalente funcional se buscaba generar apoyo y empatía de manera anticipada de parte de la ciudadanía, mediante el uso de referencias dirigidas a evidenciar su candidatura.»

Se consideró también que Colosio Riojas posicionó también indebidamente su nombre y se dirigió a la ciudadanía con el propósito de brindar un mensaje que recae en el proselitismo electoral.

«Se desprende que el candidato no sólo informó sobre su elección de una candidatura por Movimiento Ciudadano, sino que también posicionó de forma indebida su nombre y se dirigió a la ciudadanía en general con el firme propósito de exponer un mensaje de proselitismo electoral en un equivalente funcional.»

«Si bien no se contienen frases que se encuentren prohibidas expresamente, sí se contienen mensajes de posicionamiento sobre su imagen y nombre refiriendo de manera expresa la candidatura por el partido que lo postula, así como una plataforma electoral.»

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le había ordenado al TEE volver a estudiar una resolución que favoreció al candidato a la Alcaldía de Monterrey porque a decir de los magistrados sí había elementos para sancionarlo.

Fuente:

// El Porvenir

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: lostubos
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