La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que los funcionarios públicos no pueden bloquear en plataformas de redes sociales a ciudadanos que emitan algún tipo de opinión o crítica a la responsabilidad pública que ostentan.
Los integrantes de la Segunda Sala del máximo tribunal avalaron el proyecto elaborado por el ministro Eduardo Medina Mora, quien consideró que el bloqueo atenta contra los derechos de acceso a la información y libertad de expresión.
La sentencia confirmó el amparo concedido al periodista veracruzano Miguel León Carmona, quien inició un procedimiento luego de ser bloqueado en Twitter por el titular de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, Jorge Winckler.
El contenido de la resolución
De acuerdo con la resolución, pese a que Winckler alegó su “derecho a la intimidad”, el hecho de restringir el acceso al contenido de su cuenta, donde se difunde información de sus responsabilidades públicas e informes de acciones de la Fiscalía, atenta contra el derecho de acceso a la información de los ciudadanos, por lo que dicha práctica resulta indebida.
“Con el fin de restituir al quejoso completamente en el goce de su derecho de acceso a la información, se deberá permitir el acceso permanente a la cuenta @AbogadoWinckler en Twitter. Esta obligación permanecerá vigente incluso en el hipotético caso de que el ciudadano Jorge Winckler Ortiz ya no ocupe un cargo público, debido a que éste continuará ostentando el carácter de persona pública”, se lee en un fragmento de la sentencia.
Los servidores públicos sí podrán bloquear cuando sean objeto de amenazas o violencia por parte de usuarios, pero una crítica severa a su desempeño no será considerado como causal de bloqueo.
Apenas minutos después de darse a conocer el posicionamiento del máximo tribunal, el fiscal veracruzano acató con lo ordenado y, en un mensaje en su cuenta de Twitter, destacó el trabajo del periodista a quien mantuvo bloqueado.
Foto propiedad de: Archivo Cuartoscuro