Este martes se publicó en el Documento Oficial de la Federación los lineamientos para que la Guardia Nacional comience a operar en tareas de seguridad pública. El decreto indica que la Guardia será de carácter civil, adscrita a la Secretaría de Seguridad de Protección Ciudadana, deberá coordinarse con los tres órdenes de gobierno y respetar los derechos humanos.
Indica que habrá un sistema nacional de información donde se tendrán en resguardos datos criminalistas y del personal que deberá ser certificado.
En el DOF se especifica que el Congreso tiene 60 días, a partir de mañana, para expedir las reformas secundarias y la Ley General de la Guardia Nacional; y tienen 90 días para la Ley de la Guardia Nacional, de Uso de la Fuerza y de Registro de Detenciones.
Entre las modificaciones también se indica que cualquier persona puede poseer armas en su domicilio para su seguridad y legítima defensa y que cualquier persona podrá detener en flagrancia a un delincuente para ponerlo a disposición de las autoridades correspondientes.
Los artículos reformados son 10; 16, párrafo quinto; 21, párrafos noveno, décimo y su inciso b); 31, fracción III; 35, fracción IV; 36, fracción II; 73, fracción XXIII; 76, fracciones IV y XI, y 89, fracción VII; se adicionan los párrafos décimo primero, décimo segundo y décimo tercero al artículo 21; y se derogan la fracción XV del artículo 73, y la fracción I del artículo 78.
Foto propiedad de: Bernandino Hernández / Cuartoscuro