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CADHAC advierte contra vulneración de derechos de los reos

Ante la posible vulneración de los derechos de los reos que fueron trasladados a otros reclusorios fuera de Nuevo León, Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C. (CADHAC), externó su preocupación por las más de 500 personas privadas de la libertad que se encontraban en los centros penitenciarios de Cadereyta, Apodaca, Topo Chico y el Centro Único para Mujeres, ubicado en Escobedo.

El organismo ciudadano señaló que de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal, para realizar un traslado es indispensable contar con la autorización de un juez de ejecución penal, quien antes de validar la reubicación deberá respetar el derecho a audiencia de la persona privada de la libertad y escuchar las posibles razones para no realizar el traslado.

“Sin embargo, familias de personas trasladadas siguen sin información clara sobre el paradero de su familiar y reportan que las autoridades estatales han asumido actitudes hostiles al buscar solicitar información fuera de los centros penitenciarios, por lo que consideramos posible que el procedimiento para la autorización del traslado no fue realizado con apego al marco jurídico”, señaló.

Agregó que es importante recordar que en situaciones anteriores, como los traslados realizados en noviembre de 2018, parte de las personas que fueron reubicadas permanecieron por hasta 72 horas desaparecidas pues no se les permitió comunicarse con sus familiares, dejando tanto a las familias como a la persona privada de la libertad en una grave situación de vulnerabilidad.

“De igual forma, estos traslados debilitan uno de los pilares del principio de reinserción social que implica el contacto permanente con la familia, preocupación específicamente relevante al considerar el traslado de 40 mujeres desde el Centro Único para Mujeres de Escobedo hasta el Centro Federal de Readaptación Social Femenil número 16, en el estado de Morelos”.

“Por lo anterior, exigimos a las autoridades estatales respetar en todo momento los derechos de las personas privadas de la libertad, cumpliendo los requisitos de autorización de cada traslado ante un juez de ejecución, respetando su derecho a audiencia, y cumpliendo con la responsabilidad de informar de manera oportuna y clara a las familias sobre el paradero de su familiar”.

Fuente:

El Porvenir

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Autor: lostubos
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