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Denuncias en MeToo no son anónimas, son confidenciales

Especialistas y defensoras de los derechos humanos de las mujeres explicaron durante el foro #MeTooMx, el desarrollo de la normativa que acompaña a los señalamientos y denuncias por acoso, abuso y hostigamiento sexual realizadas por mujeres en el ámbito público y privado.

En la sala “Digna Ochoa” de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal las especialistas señalaron que la construcción histórica del marco normativo en México es muy amplia y protege los derechos de las víctimas de violencia de género a través de diversos mecanismos nacionales e internacionales, principalmente cuando se habla de testimonio, confidencialidad y reparación del daño.

En ese sentido la defensora feminista Angélica De la Peña señaló que dentro del ámbito administrativo, la primera ley que enmarca los derechos de las mujeres al momento de ser víctimas de cualquier tipo de acoso es la Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes, pues como sujetos de derechos:

“Una adolescente menor de 18 años de edad está en todo su derecho a denunciar aún cuando hayan pasado años de la agresión”.

En tanto, la Ley General de Víctimas protege a todas las personas que han sido objeto de violaciones a sus derechos humanos y, en este sentido, establece el principio de credibilidad.

“Hay que creerle a la víctima, la autoridad tiene la obligación de creerles por buena fe y por lo tanto no revictimizarlas. Y es importante remarcar que todos estos preceptos legales están dentro del marco jurídico para todo el país, tenemos que conocerlos para exigir”

A este marco normativo se suma la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la cual establece que las mujeres deben tener igualdad de circunstancias ante los hombres, y “determina que las autoridades tienen obligaciones para atender todo aquello que no concreta la igualdad, al mismo tiempo de observar su cumplimiento”, señaló De la Peña.

Es confidencia, no anónimo

Sobre la confidencialidad con la que han sido vertidos desde el 21 de marzo diversos testimonios de mujeres contra agresores en diversos rubros de la vida pública y privada, la abogada feminista Andrea Medina señaló que existen cuando menos 10 documentos normativos que les respaldan.

“Cuando hablamos de violencia, tenemos que tomar en cuenta que es causa y consecuencia de la discriminación, y por lo tanto implica pensar que la meta es erradicar esa discriminación”.

En ese sentido, subrayó que en 2007 hubo un avance importante en la materia con la expedición de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia toda vez que detalla que para cada ámbito el hostigamiento sexual plantea la confidencialidad de quien denuncia: “(La confidencial) no es ilegal, la ley nos respalda porque estamos en un contexto de discriminación”

Dentro de dicho contexto es relevante el año 2016, señaló Medina, cuando:

“Logramos una ley de jurisprudencia de carácter obligatorio: todo juzgador en cualquier materia, tienen que juzgar con perspectiva de género, deben de hacerlo sin estereotipos, con análisis de contexto, pruebas que permitan garantizar no discriminación y violencia, así como un comprensible lenguaje de juzgamiento”.

El ámbito laboral y Me Too

En el ámbito laboral también existen leyes que sancionan la violencia de género en lugares de trabajo; la primera es la Ley Federal del Trabajo la cual establece no hostigar ni acosar sexualmente y, sobre todo, no tolerarlo.

“La normativa establece el trabajo digno, libre de discriminación, y en igualdad sustantiva de género. El hostigamiento y acoso sexual están prohibidos, y también tolerarlo, incluidos sectores privados y públicos”, dijo Angélica González, especialista en Derechos Laborales.

La Norma de Igualdad Laboral y No Discriminación, obliga a todas las empresas a evitar la violencia, a juzgar con perspectiva de género y no discriminación, así como a establecer protocolos, es decir, normas para evitar hostigamiento y acoso como prácticas de violencia.

Desde la perspectiva laboral, agregó González, la cultura que prevalece en centros de trabajo es normalizar la violencia: “Son lugares donde se ejerce violencia, no estamos (como mujeres) en la toma de decisiones, y nuestra única ventaja son los instrumentos internacionales que establecen gozar de climas libres de violencia”.

Finalmente, recordó que la Organización Internacional del Trabajo creará por primera vez un convenio sobre violencia y acoso en el ámbito laboral, que incluye obligaciones para el ámbito privado, las industrias musicales, universidades privadas, y medios de comunicación.

Foto propiedad de: SDPnoticias

Fuente:

SDPnoticias

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Autor: lostubos
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