El presidente Andrés Manuel López Obrador reiteró que en su gobierno no habrá impunidad para ninguna persona, ni siquiera para sus hermanos o sus hijos, eso luego de ser cuestionado por el engaño cometido por Alejandro Gómez Casso ante el Sistema de Administración Tributaria.
En los últimos 11 años la identidad del hijo del hoy senador Napoleón Gómez Urrutia ante el SAT corresponden a los de otra persona. Es decir, la fotografía y datos biométricos registrados no son los de Gómez Casso.
“Cero impunidad. Ni hermanos del presidente ni hijos del presidente tienen impunidad. El que cometa un delito debe ser castigado, sea quien sea. Cero corrupción, cero impunidad. Si hay denuncia por oficio, se tiene que llevar a cabo la investigación”.
El SAT no ha iniciado una investigación sobre la suplantación de identidad de Gómez Casso.
Desde el exilio tramó el engaño
Para obtener la Firma Electrónica Avanzada (FIEL), Alejandro Gómez Casso suplantó su propia identidad, documentó el periódico Reforma sin que se sepa cómo tuvo acceso al registro confidencial.
El diario mostró una fotografía de la copia del pasaporte, cuya autenticidad fue avalada por un Notario Público en la Ciudad de México, presentado en una sede del SAT en Nuevo León. “Certifico que esta copia fotostática es una reproducción fiel y exacta de su copia certificada, la cual tuve a la vista”, consignó el notario Alfredo Bazúa Witte el 30 de noviembre de 2007.
El sujeto que se hizo pasar por Gómez Urrutia, aún no identificado, habría acudido a la oficina del SAT el 3 de diciembre de 2007, casi año y medio desde que Gómez Urrutia se resguardara en Canadá ante el temor de ser detenido en México. La normatividad de la autoridad recaudatoria establece que para obtener la FIEL se requiere hacer el trámite en persona pues al momento de registro se toma fotografía de frente, firma y datos biométricos (huellas y retina).
Suplantación de identidad, ¿qué dice el marco legal?
México se encuentra en el top 10 de países que registran mayor incidencia en el robo de datos personales, de ahí que sí se sanciona penalmente la suplantación de identidad. Dicha conducta se sanciona en la Ley de Suplantaciones de Crédito y en el Código Fiscal de la Federación.
En la LSC se contempla sanción de 3 a 9 años y una multa de 30 mil a 300 mil Unidades de Medida y Actualización a quien suplante la identidad, así como para quien utilice u obtenga cualquier servicio o producto financiero. La misma sanción se establece para quien otorgue su consentimiento para llevar a cabo la suplantación.
En tanto, el CFF impone sanciones de tres meses a tres años de prisión a quien suplante la identidad o personalidad de un contribuyente como también a quien otorgue su consentimiento.