La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) tiene buenas noticias para quienes realicen su Declaración Anual de Impuestos durante la primera semana de abril. Por medio de un comunicado, dio a conocer un nuevo beneficio, pues el Servicio de Administración Tributaria (SAT) hará una devolución exprés de los saldos a favor en la segunda semana de abril.
“Es importante destacar que aquellos contribuyentes que realicen su Declaración Anual durante la primera semana de abril y resulten con saldo a favor procedente, a través del aplicativo automático de devoluciones, la autoridad fiscal le realizará el depósito correspondiente durante la segunda semana del citado mes.”
Comunicado de la Prodecon.
¿Por qué parece una oferta tan atractiva por parte del SAT? Debido a la contingencia sanitaria derivada por el Covid -19, este año toca presentar la declaración anual correspondiente al ejercicio 2020. Normalmente, el plazo legal para devolver el saldo a favor es de 40 días, sin embargo, en algunos casos el tiempo ha superado los tres meses.
El SAT habilitará en su página web una pestaña en la que se podrá realizar la presentación de la declaración anual.
De esta forma los contribuyentes puedan realizar su proceso sin salir de casa.
Requisitos para presentar mi declaración anual ante el SAT:
- RFC 13 dígitos
- homoclave
- Contraseña
- E.firma vigente (antes firma electrónica)
- Datos bancarios-Banco y CLABE vigente (sólo si tienes saldo) a favor.
¿Dónde y cómo puedo presentar mi declaración anual 2021 sin salir de casa?
Para presentar la declaración debes hacer lo siguiente:
- Ingresar a la página de internet del SAT.
- Seleccionar, en la parte superior izquierda, la pestaña de declaraciones.
- Elegir qué tipo de persona eres: física o moral.
- Luego, se desplegará un menú en el que tendrás que colocar tu RFC, contraseña, e.firma y mandar los datos.
- Después, se desplegará un tipo hoja de cálculo, donde deberás colocar los datos que pide el SAT.
- Tras llenar el formulario, deberás mandarlo y después recibirás un acuse de recepción de la información, con número de operación y sello digital.
El pasado 31 de marzo venció el plazo para presentar la declaración de personas morales.
Desde el jueves 1 de abril hasta el 30, último día del mes, las personas físicas tendrán para presentar su declaración anual 2020.
Fotografía: Getty Images