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¿Qué sanciones aplicaría el INE al Presidente por violar veda electoral?

El presidente Andrés Manuel López Obrador se haría acreedor a sanciones si no respeta la veda electoral; incluso podría ser arrestado. El Instituto Nacional Electoral ya ha apercibido al Presidente a respetar la veda electoral, pues de no hacerlo podría hasta ser arrestado.

Si no respeta la veda electoral, ¡podría ser arrestado!

¿El presidente Andrés Manuel López Obrador podría ser arrestado si no respeta veda electoral? Sí, en el peor de los casos, si desacata la veda electoral que le impuso el INE para evitar que intervenga en las elecciones de este junio de 2021.

El Presidente podría ser multado con 448 mil 100 pesos o un arresto de 36 horas por desacatar la veda.

Advertencia del INE al Presidnte

El presidente Andrés Manuel López Obrador podría ser objeto de una amonestación pública, multa o arresto, si desacata la veda electoral. A finales de abril, el INE lo apercibió al presidente para que “ajuste su conducta”, según lo ordenado por la Comisión de Quejas y Denuncias el pasado 19 de abril.

Ello, luego de las declaraciones en su mañanera del 16 de abril y las quejas subsecuentes presentadas por el PRD y Movimiento Ciudadano.

Sanciones que se impondrían al Presidente por violar veda

Andrés Manuel López Obrador se podría hacer acreedor a sanciones por parte del INE si no respeta la veda electoral.

Con fundamento en el Artículo 35, hay diferentes niveles de sanción por desacatar la veda electoral, los cuales son:

  • Amonestación pública.
  • Multa. Esta va desde las 50 hasta las 5 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que son 448 mil 100 pesos, si se toma en cuenta la UMA en 89.62 pesos, que se cobrará conforme a lo establecido en el párrafo 7 del artículo 458 de la Ley General.
  • Auxilio de la fuerza pública.
  • Arresto hasta por 36 horas, con el apoyo de la autoridad competente.

Veda electoral

El INE llamó a AMLO a que se «ajuste su conducta» durante sus mañaneras, absteniéndose de violar la veda electoral o de lo contrario sería sancionado.

La ley electoral dice que durante las campañas electorales y hasta el día de la jornada electoral los funcionarios deben abstenerse de difundir logros de gobierno.

Por ejemplo, presumir obras públicas, e incluso emitir cualquier tipo de información que pueda incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía.

Lo anterior, incluso cuando, en este caso el Presidente, responda a las preguntas que le son formuladas en las conferencias de prensa.

Fotografía: Cuartoscuro

Fuente:

// SDP

Vía / Autor:

// Staff

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Autor: lostubos
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