Dos Tribunales Colegiados Especializados en Competencia Económica revirtieron las resoluciones de Rodrigo de la Peza y Juan Pablo Gómez Fierro. Los jueces, a un par de días de la promulgación de la nueva Ley de Hidrocarburos, la suspendieron para beneficiar a empresas privadas.
Las reformas aprobadas para la Ley permitirían a la Sener rescindir permisos para el tratamiento, refinación, transporte, comercialización, almacenamiento, exportación e importación de productos petrolíferos. Esto, en caso de peligro inminente a la seguridad nacional, energética o para la economía nacional.
Sin embargo, también dotaría a PEMEX y a la CFE de los elementos necesarios para competir libremente. Por lo tanto, no estarían obstaculizados por la anterior Reforma Energética aprobada durante la administración de Enrique Peña Nieto.
Suspensión benefició a empresas privadas
El pasado 17 de mayo, los jueces concedieron la suspensión definitiva a las compañías Process Full y Lambrucar, pero con efectos generales a las empresas del sector, de la regulación asimétrica de precios, que otorgaba poder a la Comisión Reguladora de Energía. Esta resolución benefició a las empresas privadas.
Estas resoluciones dejaron sin efectos el Acuerdo A/015/2021 emitido CRE que, por su parte, dejó sin efectos acuerdos y otras disposiciones normativas relativas a la regulación asimétrica de la petrolera nacional.
Zerón señaló que conforme a criterios de la SCJN, la reforma no causa perjuicios por su entrada en vigor. Añadió que se requieren actos de las autoridades para poder impugnar, criterio con el que coincidieron los integrantes del Colegiado.
Los dos tribunales especializados han revertido desde el 9 de septiembre las suspensiones otorgadas por De la Peza y Gómez Fierro. Sin embargo, las medidas asimétricas tomadas por la CRE continuarán vigentes en tanto no se resuelvan otros amparos pendientes