Noticias en Monterrey

Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

¿Ley mordaza en la Fiscalía de NL?

Por Obed Campos

A la hora de teclear estas notas me pregunto en qué universidad del país obtuvo su título en derecho la Fiscal especializada en Feminicidios, Griselda Núñez Espinosa, de la Fiscalía de Nuevo León, que no conoce por lo visto la Constitución Mexicana y las leyes que de ella emanan, y que nos rigen y nos protegen.

Gustavo Adolfo Guerrero Gutiérrez, quien presume de ser un gran jurista, debe de conocer el Artículo Séptimo de la Constitución, que finaliza con una certera sentencia: “En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito”.

Saco a colación la cita de nuestra Carta Magna, porque la tal Fiscal padeció un ataque de nervios el pasado viernes, si no no se explica el que haya ordenado la incautación de un dron con el que periodistas televisivos capturaban escenas de la exhumación del cadáver de la infortunada Debanhi Escobar, en el Panteón de Galeana, Nuevo León.

Peor aún, experimentados agentes de la ministerial obedecieron a Núñez Espinosa y obligaron a los reporteros a aterrizar y entregar el aparato, cosa que no sucedió con el reportero de Televisa quien se negó a entregar los controles y fue protegido por los compañeros de los medios que le hicieron bolita.

Núñez Espinosa me dicen los reporteros, se molestó desde que llegó al panteón de aquel municipio al sur del estado, tras un largo viaje de tres horas y al ver que ahí estaban reunidos una buena cantidad de periodistas que habían pasado la noche ese territorio, esperando realizar la cobertura.

El dron de marras que ilegalmente fue incautado por los policías ni siquiera estaba sobrevolando el área donde se llevaron a cabo las maniobras, bajo un toldo y encerrados por biombos.

El operador Juan Carlos Mejía dijo que siempre voló el aparato fuera del área prohibida por la autoridad u que fue despojado del control a empujones, golpes y amenazas por parte de un elemento ministerial a quien identificaron como “El Comandante Tino” de la Policía Ministerial o Agencia Estatal de Investigaciones.

Valió más el criterio de los periodistas ahí reunidos, quienes no exigieron justicia a gritos y se supone que el aparato les fue entregado a los comunicadores horas más tardes en el edificio de la Policía Ministerial, sin que se tuviera que llegar a sentar una denuncia por el hecho, que a todas luces fue: un robo con violencia y en despoblado.

Y si estos son los encargados de impartir la ley en Nuevo León, ahora sí que estamos bien jodidos.

Por aquí les dejo este texto otrora sagrado:

Reza la Carta Magna:

Artículo. 7o.- Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito.

@obedc
obed@scriptamty.com

Fuente:

Vía / Autor:

// Obed Campos

Etiquetas:

Compartir:

Autor: stafflostubos
Ver Más