El Instituto Nacional Electoral apercibió al presidente Andrés Manuel López Obrador por presumir programas sociales de gobierno en las conferencias mañaneras del 16 y 20 de abril de 2021, lo cual significa un desacato a una medida cautelar.
En un comunicado, el INE explicó que el apercibimiento contra el Presidente derivó de una serie de denuncias del PRD y Movimiento Ciudadano por sus dichos en la mañanera del 16 de abril, en la cual habló de programas sociales en Chiapas, Oaxaca y Guerrero, pese a la veda electoral.
«Que, durante las campañas electorales y hasta el día de la Jornada Electoral a celebrarse el seis de junio del dos mil veintiuno, se abstenga de difundir logros de gobierno -incluyendo programas sociales y las personas beneficiarias-, obra pública, e incluso emitir cualquier tipo de información que pueda incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía, incluso cuando responda a las preguntas que le son formuladas en las conferencias de prensa.»
Orden del INE
El INE indicó que, pese a que en esa ocasión se recordó que no pueden realizarse mensajes de “propaganda gubernamental” en tiempos de veda electoral, López Obrador incurrió en una falta similar el 20 de abril, por lo que se le pidió al Presidente ajustar su conducta de acuerdo a lo ordenado por el INE.
El Presidente incurrió en desacato: INE
El INE especificó que la Comisión de Quejas y Denuncias del organismo, esta semana, emitió una medida cautelar, bajo la figura de tutela preventiva, contra el Presidente, considerando que sus conductas van en contra de la veda electoral y los artículos 41 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de criterios que estableció el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Por esas acciones, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral consideró que las expresiones del Presidente son un posible desacato a la medida cautelar indicada, versando sobre programas sociales de gobierno, por lo que determinó ordenarle ajustar su conducta.
«Se considera justificado, oportuno y necesario ordenar al Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, ajuste su conducta a lo ordenado por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo ACQyD-INE-68/2021, apercibido que, de no hacerlo, se le impondrá como medida de apremio una amonestación pública, con fundamento en lo establecido en el artículo 41, numeral 1, en relación con el artículo 35, numeral 1, fracción I, del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral.»
Fotografía: cortesía